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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Jueves, 10 de julio de 1997 Pág. 6.820

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 11 de junio de 1997, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador E.N. 29/96 (espacios naturales-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona la resolución de dicho expediente, por infracción de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, sobre conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido dicho plazo de interposición del recurso sin que éste fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción así como el de la indemnización se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta 120.596 del Banco Pastor (0072), oficina principal (0401). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Pontevedra, 11 de junio de 1997.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: E.N. 29/96.

Denunciado: Héctor Aguilar Palma.

Último domicilio conocido: c/ Corta Vila, 9. Madrid.

Hecho denunciado: acampar sin la correspondiente autorización el día 12 de agosto de 1996, en el lugar de Chan de Pólvora, en la Isla de Ons.

Precepto infringido: artículo 38.3º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

Precepto sancionador: artículo 38 de la Ley 4/e1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

Sanción: 10.000 ptas.

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