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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Martes, 08 de julio de 1997 Pág. 6.668

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 12 de junio de 1997, de la Delegación Provincial de A Coruña, de notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador de caza 97/0065.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha, he resuelto publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción administrativa de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza (BOE nº 82, del 6-4), y de su reglamento, aprobado por el Decreto 506/1971, de 25 de marzo, (BOE nº 76, del 30-3. Corrección errores nº 112, del 11-5-1971), por no ser posible su notificación.

Se nombra instructora del procedimiento a Paloma Puente Sánchez, funcionaria de esta delegación pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería, según el Art. 49 del Reglamento de caza, en relación con el Real decreto 167/1981, de transferencias de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de conservación de la naturaleza.

El interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en la Delegación Provincial de esta consellería en A Coruña, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples-Monelos, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas, estime convenientes en defensa de sus derechos, así como para recusación de la persona designada como instructora.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos, el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que les serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples-Monelos, A Coruña.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad san

cionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agoslto (BOE nº 189, del 9-8-1993).

A Coruña, 12 de junio de 1997.

Rogelio Aramburu Núñez

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

Expediente: C-97/0065.

Denunciado: José M. Requejo Blanco.

DNI: 32.437.384.

Último dirección conocida: Ed. Palmera, 1-5, Acea da Ma. Culleredo.

Hechos denunciados: no impedir que sus perros vaguen sin control en un refugio de caza, en época de veda.

Tipificación Ley de caza:

Artículo: 48.2.24.

Cualificación: menos grave.

Sanción propuesta: 3.500 multa.

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