La Orden de 31 de enero de 1997 (DOG del 27 de febrero), por la que se convocan y aprueban las bases que regirán las convocatorias de becas y ayudas de apoyo a la formación y actualización del profesorado universitario prevé, respectivamente, en sus anexos I y II, la concesión de becas para actualización del profesorado respecto de la materia que imparte y de ayudas para la formación de profesores en nuevas titulaciones.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta elaborada por la Comisión de Selección de Política Científica creada por el Decreto 160/1991, de 16 de maio (DOG del 28 de mayo) y orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 30 de enero de 1997 (DOG del 13 de febrero), esta dirección general,
RESUELVE:
Primero.-Conceder una beca para actualización del profesorado en la materia que imparte a las personas que se relacionan en el anexo a la presente resolución, para realizar una estancia en el centro que se señala, durante el período que se especifica y en la cuantía que se indica en cada caso.
Segundo.-Declarar desierto el concurso correspondiente a la concesión de ayudas para la formación de profesores en nuevas titulaciones, por no ajustarse las solicitudes recibidas a los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria y haber decaído los interesados en su derecho, al transcurrir los plazos legales para enmendar sus solicitudes.
Tercero.-Los pagos de estas becas a las que se refiere el apartado primero se harán de acuerdo con lo establecido en las respectivas bases de la convocatoria (punto I.3) .
Cuarto.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria de 31 de enero de 1997, supondrá la pérdida del derecho a percibir la subvención correspondiente.
Quinto.-Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso ordinario ante el con
selleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Disposición final
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 23 de junio de 1997.
José Manuel Touriñán López
Director general de Universidades e Investigación
ANEXO
(meses) mensual institucional totalBecario Lugar Duración
Cuantía
Ayuda
Cuantía
Ferreiro Galguera, Juan Universidad Complutense de Madrid (Facultad de Derecho) 1 100.000 50.000 150.000 Hernández Ibáñez, Luis Antonio Escuela Politécnica Federal de Zürich (Suiza) 1 150.000 80.000 230.000 Requejo Losada, M. Carolina University of Central Lancashire-Preston (Reino Unido) 1 150.000 80.000 230.000 Rodríguez Casal, Antón Abel College de Francia (París) 2 150.000 80.000 380.000
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