De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE de 27 de noviembre), del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPA), se notifica a los denunciados, con los datos personales y la última dirección conocida que se señalarán a continuación, las incoaciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de caza 1/1970 del 4 de abril (BOE del 6 de abril) y de su reglamento, Decreto 506/1971 del 25 de marzo (BOE de 30 de marzo). Asimismo, designo instructora de los expedientes a Mª Rosa Rodríguez Cougil, quien podrá ser objeto de recusación en cualquier momento de la tramitación de los expedientes, cuando concurra cualquiera de los supuestos determinados en los Arts. 28 y 29 de la LRJPA.
Los denunciados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle Florentino L. Cuevillas 4 y 6 bajo, Ourense y presentar los descargos y documentos que consideren convenientes en su defensa.
De no presentar alegación en el plazo fijado y conforme al Art. 13 del Reglamento 1398/1993 de 4 de agosto, de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución a todos los efectos.
Este órgano administrativo acordará la terminación del procedimiento en el supuesto de que el interesado reconozca su responsabilidad en los cargos que se le imputan y proceda, en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento y empleando los impresos normalizados que serán facilitados en las oficinas de esta delegación provincial o en cualquier otra dependiente de la Xunta de Galicia, al pago voluntario de la sanción que en cada caso corresponda. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad que asiste a cada expedientado de formular los recursos que establezca la legislación aplicable y vigente, y al amparo del Art. 8 del citado reglamento.
El órgano competente para resolver los señalados procedimientos, dentro de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes en Ourense, vendrá determinado por el tipo de infracción cometida, según el Art. 12 de la LRJPA y en el Decreto 5/1987 del
14 de enero, de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes.
Ourense, 19 de mayo de 1997.
Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
del denunciado conocido y sancionador propuesta
-Nº Expte. -Nombre y apellidos
-Último domicilio
-Hecho denunciado -Precepto infringido
-Sanción
-Instructora
Rguez. Cougil
Vigo, Pontevedra
Rguez. Cougil
Rguez. Cougil
Rguez. Cougil
Rguez. Cougil
Rguez. Cougil
Pontevedra
Mariñamansa,
Ourense
51/1996 C Armando Armado Villar Balaídos 15-1º D, Vigo, Pontevedra Entrenar perros en una zona no autorizada Art. 48.3.30 de la Ley de caza 2.000 ptas. Mª Rosa
106/1996 C Francisco Martínez Viqueira Bajada a Torrecedeira 6-4º,
No llevar documentación Art. 48.3.43 de la Ley de caza 2.000 ptas. Mª Rosa
63/1996 C José Antonio Míguez Gómez Fontedosa, Montederramo, Ourense No llevar documentación Art. 48.3.43 de la Ley de caza 2.000 ptas. Mª Rosa
71/1996 C Germán Márquez Pereira Casandulce, Piñor de Cea, Ourense Cazar con perros en veda Art. 48.2.25 de la Ley de caza 3.500 ptas. Mª Rosa
81/1996 C José Manuel Gómez Cota Penalonga, Covas, Os Blancos, Ourense Cazar sin permiso de coto Art. 48.1.8 de la Ley de caza 5.000 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 85/1996 C Senén López, Pena Pexeiros, Os Blancos, Ourense Cazar sin permiso de coto Art. 48.1.8 de la Ley de caza 5.000 ptas. Mª Rosa
91/1996 C José Luis García Feijoo r/ Condesa Fenosa 6-3-F, O Barco de Valdeorras, Ourense Portar munición no autorizada Art. 48.2.14 de la Ley de caza 3.500 ptas. Mª Rosa
105/1996 C Antonio Rodríguez Rodríguez r/ Caride Vallellano 57-2º, O Carballiño, Ourense Cazar con perros en época prohibida Art. 48.2.24 de la Ley de caza 3.500 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 134/1996 C Amador Batán Blanco Coles, A Peroxa, Ourense Cazar sin permiso de coto Art. 48.1.8 de la Ley de caza 5.000 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 37/1997 C Manual Álvarez Domínguez r/ San Amaro 44-1º A,
Portar munición no autorizada Art. 48.2.14 de la Ley de caza 3.500 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 56/1997 C Manuel Álvarez Rodríguez Sobrado, Trios, Pereiro de Aguiar, Ourense Perros incontrolados Art. 48.2.24 de la Ley de caza 3.500 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 54/1996 C Jorge José Cuña de Arriba,
Procedimientos de caza prohibidos Art. 6.2 del Real decreto 1095/1989 25.000 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 78/1996 C Francisco Pérez Paradela c/ Río Bubal 20-3º, Ourense Cazar con perros en veda Art. 48.2.25 de la Ley de caza 3.500 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 148/1996 C Federico Rodríguez Álvarez Camiño Regueiro, 8, Ourense Escopeta con capacidad superior a dos cartuchos Art. 48.2.14 de Ley de caza 3.500 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 155/1996 C Manuel González Lorenzo Gasolinera Seixalvo, Ourense Cazar sin permiso de coto Art. 48.1.8 de la Ley de caza 5.000 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 47/1997 C Ángel González Mosquera Barrio Outeiro, Velle, Ourense Cazar desde un vehículo y en una zona de seguridad Art. 46.2.a y 46.2.h de la L.O. 30/1995 65.000 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil 48/1997 C Miguel Ángel Lorenzo Martínez Pousada s/n, Velle, Ourense Cazar desde un vehículo y en una zona de seguridad Art. 46.2.a y 46.2.h de la L.O. 30/1995 67.000 ptas. Mª Rosa Rguez. Cougil
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