En virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictada en el juicio de separación matrimonial 223/1997, que se sigue en este juzgado a instancia de Arturo Ogeros Guardado, representado por el procurador García-Piccoli Atanes, contra María del Carmen Lozano Torres, por medio de la presente cédula se emplaza a la demandada antes mencionada, en paradero desconocido, a fin de que en el plazo de veinte días, comparezca en autos y conteste la demanada, con la prevención que, de no hacerlo, será declarada en rebeldía y se dará por contestada la demanda, notificándole dicha resolución y las demás que se dicten en los estrados del juzgado.
Y para que sirva de emplazamiento en forma a María del Carmen Lozano Torres, y para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado, libro la presente cédula en Santiago de Compostela a veintitrés de mayo de mil novecientos noventa y siete.
El secretario
Rubricado
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