En virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictada en el juicio de menor cuantía 278/1992, que se sigue en este juzgado a instancia de María del Carmen Montero Chacón y Luis Chacón Souto, representado por el procurador Regueiro Muñoza, contra José Carreira Veiga y Ramón García Abelenda, por medio de la presente se requiere a Ramón García Abelenda, cuyo domicilio actual se desconoce, a fin que en el plazo de nueve días, comparezca en autos por medio del procurador que lo represente y asistido de letrado, al haber desistido los profesionales que venían ejerciendo su representación y defensa con la prevención que, de no hacerlo, se seguirá el curso de los autos en su rebeldía.
Y para que sirva de requerimiento a Ramón Carreira Veiga, expido la presente cédula, que firmo y sello en Santiago de Compostela a veintidós de mayo de mil novecientos noventa y siete.
El secretario
Rubricado
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