En virtud de lo acordado por providencia de esta fecha, recaída en los autos de juicio declarativo de ejecutivo, se notifica a los demandados Antonio Cebey García, José Viña Santos y Mª Mercedes Fraga Bolón, la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:
«Sentencia. En la villa de Ordes, 28-2-1997. Cristina María Paz Eiroa, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de esta villa, ha visto los presentes autos de juicio ejecutivo, promovidos por Caja de Ahorros de Vigo, representada por el procurador Castro del Río, y dirigido por el letrado Manuel Anca Mesejo, contra Antonio Cebey García, José Viña Santos y Mª Mercedes Fraga, declarados en rebeldía.
Siguen antecedentes de hechos y fundamentos jurídicos.
Fallo que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a Antonio Cebey García, José Viña Santos y Mª Mercedes Fraga Bolón, y con su producto entero y cumplido pago a la parte actora, de las responsabilidades por que se despachó la ejecución, la cantidad de 1.431.534 pesetas, importe del principal y gastos de protesto; y además, al pago de los intereses legales y las costas, a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente a los demandados.
Contra esta sentencia podrá interponerse en este juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y expido el presente edicto para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandada declarada en rebeldía y en ignorado paradero.
Dado en Ordes a veinticinco de abril de mil novecientos noventa y siete.
El secretario
Rubricado
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