En virtud de lo acordado en resolución dictada por este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Ribeira, en autos de juicio de separación conyugal, seguidos en este juzgado con el número 302/1996, a instancia de Eva Patricia Hermo Muñiz, representada por el procurador en turno de oficio, Peleteiro Bandín, por la presente cédula emplácese a la parte demandada, Ramón Manuel Bermúdez González para que, en el término improrrogable de nueve días que le restan, comparezca en autos personándose en forma y conteste a la demanda formulando, en su caso, reconvención, bajo apercibimiento de ser
declarado en rebeldía y de pararle los demás perjuicios a que haya lugar en derecho.
Ribeira, trece de mayo de mil novecientos noventa y siete.
La secretaria judicial
Rubricado
Parte demandada a emprazar: Ramón Manuel Bermúdez González
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