En virtud de lo acordado por el juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Ribeira, Ramón Eloy Rodríguez Frieiro, y de conformidad con providencia dictada con esta fecha en los autos de separacion conyugal 75/1997, seguidos a instancia de Lucía Estévez Campaña, representada por el procurador José Manuel Novoa Núñez (de oficio), contra Juan Antonio Paz Brión y Ministerio Fiscal, mayor de edad, casado, de quien se ignora su actual domicilio y paradero y en cuya providencia se ha acordado emplazar al referido demandado para que, en el término de veinte días, comparezca en estos autos, personándose en legal forma y contestando a la demanda presentada, con la prevención de que si no comparece será declarado rebelde y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.
Y para su inserción en el BOP y colocación en el tablón de anuncios de este juzgado, para que sirva de emplazamiento en legal forma al demandado referido, expido el presente edicto en Ribeira a dieciocho de abril de mil novecientos noventa y siete.
La secretaria
Rubricado
3898