A los efectos de dar cumplimiento a lo solicitado por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en relación con el recurso contencioso-administrativo número 02/0005019/97, interpuesto por Constructora San José, S.A., contra desestimación por silencio Ayuntamiento de Ribadavia y Consellería de Cultura del importe certificaciones, liquidación e intereses de obra construcción: Casa de Cultura y Juventud de Ribadavia (Cert. actos presuntos de 21-2-1997 y 17-4-1997, respectivamente), esta consellería ha resuelto ordenar la remisión del expediente administrativo a dicho tribunal.
Lo que se notifica para general conocimiento de todas las personas interesadas en el procedimiento y son emplazadas para que puedan comparecer y personarse en autos (mediante procurador con asistencia de letrado o valiéndose tan sólo de abogado con poder al efecto) en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de nueve días, según dispone el artículo 64 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, reformada por la Ley 10/1992, de 30 de abril.
Santiago de Compostela, 29 de mayo de 1997.
José Mª Sánchez González
Secretario general de la Consellería de Cultura
y Comunicación Social
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