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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Martes, 03 de junio de 1997 Pág. 5.293

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 1997, de la Delegación Provincial de A Coruña, de notificación de los acuerdos de iniciación de los procedimientos sancionadores de epizootias 183SA/96 y 185SA/96.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha, resolví publicar los acuerdos de iniciación de los procedimientos sancionadores por infracción de la Ley 20 de diciembre de 1952, sobre epizootias (BOE nº 358, de 23 de diciembre), y a su Reglamento de 4 de febrero de 1955, modificado entre otros, por Real decreto 1665/1976, de 7 de mayo, por el que se actualizan las sanciones (BOE nº 174, del 21-6-1976, por no haberse podido realizar su notificación.

Se nombra instructora del procedimiento a Paloma Puente Sánchez, funcionaria de esta delegación, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 29 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que puedan examinar los expedientes en la Delegación Provincial de esta consellería en A Coruña, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples Monelos, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas, estime convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta Delegación Provincial, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples - Monelos - A Coruña.

Lo que le comunica de acuerdo con al normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9.8.1993).

A Coruña, 12 de mayo de 1997.

Rogelio Aramburu Núñez

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

ExpedienteDenunciado

DNI

Último domicilio conocido

Hecho denunciadoTipificación de la infracción

Reglamento de epizootias

Sanción

propuesta

183SA/96Gigirey Múgico, Enrique

33.018.421

Garabal, 49-San Caetano

15703 Santiago de Compostela

(A Coruña)

No realizar la campaña de saneamiento ganadero209.3º del reglamento, y 1º de la Orden de 27-4-1994100.000

185SA/96Vázquez Fernández, José

34.424.178

Lepanto, 29-2º

32005 Ourense

Carecer del certificado de limpieza y desinfección del vehículo, así como del libro-registro de movimientos y compraventa de ganado.217.3º del reglamento y 12 del Decreto 355/1994; 224 del reglamento y 10 de la Orden de 23-8-1995.40.000

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