De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que se mencionan en el anexo que, con esta fecha, ha resuelto publicar las resoluciones de los procedimientos sancionadores por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, (DOG nº 151 del 5-8), por no haberse podido realizar su notificación.
El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia nº 311-000-166/2 de la Caja de Ahorros de Galicia en A Coruña O.P., en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación
de esta notificación. Para efectuarlo se deberán emplear los impresos normalizados que serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, Monelos, A Coruña. Transcurrido el citado plazo se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.
De conformidad con lo previsto en el artículo 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe formular recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes, dentro del plazo de un mes, contado igualmente, a partir del día siguiente de la publicación de esta notificación.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.
A Coruña, 8 de mayo de 1997.
Rogelio Aramburu Núñez
Delegado provincial de A Coruña
ANEXO
Ley de pesca
DNI
Última dirección conocida
Tipificación infracción
Expediente Denunciado
Hechos denunciados Artículo Calificación Sanción
76.526.792
Montiño, 19-1 I
A Coruña
grave Inhab. 1 año 76.360.533
Fragachá-Cambas, 1
Aranga grave Inhab. 1 año 32.647.130
Camiño de Areosa, 16 baixo
Freixeiro, Narón
grave Inhab. 1 añoP-96/0156 José A. Pérez Fernández
Pescar en una zona vedada 34.6º Menos
50.001 ptas. multa
P-96/0248 Emilio Sánchez Fraga
Pescar sin licencia 34.1º Menos
50.001 ptas. multa
P-96/0249 Ricardo Pereira Allegue
Pescar sin licencia 34.1º Menos
50.001 ptas. multa
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