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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Viernes, 09 de mayo de 1997 Pág. 4.391

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 107/1997, de 24 de abril, por el que se acepta la cesión a título gratuito de un terreno de 15.797 metros cuadrados sito en el lugar de As Ferreiras (Silleda) hecha a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia para la construcción de un centro público de educación secundaria.

El Pleno de la Corporación municipal de Silleda, reunido en sesión ordinaria el día 31 de enero de 1997, acordó la cesión a la Comunidad Autónoma de Galicia de un terreno de 15.797 m situado en el lugar de As Ferreiras para la construcción de un centro público de educación secundaria.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento aprobado por

el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda. Asímismo, los artículos 23.1º de la misma ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, de conformidad con la propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Silleda acordó la cesión, previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día veinticuatro de abril de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta la cesión gratuita del terreno de 15.797 m situado en el lugar de As Ferreiras, perteneciente al ayuntamiento de Silleda que linda: norte, ribazo que separa de Julio Carballo Mallo; sur, camino y en parte muro que separa de las fincas de María Sira Fontao, herederos de Constantino Iglesias, herederos de Filomena González y Celestino Ares; este, ribazo que separa de los prados de Purificación Rodríguez, José Rozados, Dolores Segade y herederos de Manuel García, que están en plano inferior, y oeste, muro que separa de la de José Cela y prado de José Balo Otero.

El inmueble descrito se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de Lalín, en el tomo 725, folio 62 del libro 207 de Silleda, finca número 35.910, inscrición 1ª.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a la construcción de un centro público de educación secundaria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, veinticuatro de abril de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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