Visto el texto de la revisión del convenio colectivo para el sector del comercio del metal (código
2700185), de la provincia de Lugo, firmado el día 28-2-1997, por la representación de la Asociación de Empresarios del Metal y de las centrales sindicales UGT, CC.OO. CIG y USO y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión del citado convenio colectivo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.
Segundo.-Remitir el texto de la revisión del mencionado convenio colectivo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Lugo, 17 de marzo de 1997.
Manuel Bande Díaz
Delegado provincial de Lugo
ACTA
En Lugo, a las 17.30 horas del día 28 de febrero de 1997, se reúnen en los locales de la CEL (plaza de Santo Domingo, 6-8, 2ª planta-Lugo) las personas relacionadas al margen, todas ellas integrantes de la comisión negociadora del convenio colectivo provincial del comercio del metal de Lugo, con el objeto de proceder a la elaboración de la tabla salarial que tendrá vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1997, conforme a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 8 del convenio colectivo provincial del comercio del metal de Lugo vigente.
Después de las deliberaciones oportunas, se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:
Primero.-Aprobar la tabla salarial anexa que tendrá vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1997, y que supone un incremento de un 2,6% en relación a la tabla de 1996.
Segundo.-Los atrasos, por diferencia de salarios, producidos como consecuencia de la publicación de la tabla salarial aprobada por la presente acta se harán efectivos en los 30 días siguientes al de la publicación de la presente acta en el BOP de Lugo.
Tercero.-Remitirle la presente acta a la autoridad laboral pertinente a efectos legales oportunos.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Asistentes.
-Por la Asociación de Empresarios del Metal:
Nivardo Rego Valle.
José Quiñoá Díaz.
Jesús Neira Mosquera.
Luis Fernández Osorio.
Juan Chousa Abuín.
Lourdes García Regueira.
Montserrat Pita Castro.
-Por las centrales sindicales:
* UGT.
Pedro González Sordo.
Fernando Teijeiro Valledor.
Andrés Parra Sánchez.
José Luís Combarro Infantes.
Jesús Barreiro Cendán.
Carlos Moreno Otero.
* CC.OO.
Manuel Cabo Martínez.
Manuel Núñez López.
* CIG.
Miguel Brañas Méndez.
Manuel García Cedrán.
Javier Rico Núñez.
Ignacio Javier García Gómez.
Manuel Paz Flores.
* USO:
Jesús Cantero Pérez.
Manuel Expósito López.
Tabla salarial del convenio del comercio del metal
Vigencia: 1-1-1997 al 31-12-1997
mensual anualCategoría profesional Sueldo Plus
Total
vendedor, comprador, subastador
de máquinas contables
(salario mínimo interprofesional)
Grupo I Titulado grado superior 114.412 4.176 1.766.292 Titulado grado medio 102.965 4.176 1.594.587
Grupo II Director 122.271 4.176 1.884.177 Jefe de división 112.614 4.176 1.739.322 Jefe de personal 110.686 4.176 1.710.402 Jefe de compras 110.686 4.176 1.710.402 Jefe de ventas 110.686 4.176 1.710.402 Encargado general 110.686 4.176 1.710.402 Jefe de sucursales 102.918 4.176 1.593.882 Jefe de almacén 102.918 4.176 1.593.882 Jefe de grupo 99.112 4.176 1.536.792 Encargado de establecimiento,
96.401 4.176 1.496.127 Viajante 94.083 4.176 1.461.357 Corredor de plaza 93.317 4.176 1.449.867 Dependiente 91.390 4.176 1.420.962 Dependiente mayor 100.077 4.176 1.551.267 Ayudante 88.586 4.176 1.378.902
Grupo III Director 122.271 4.176 1.884.177 Jefe de división 112.614 4.176 1.739.322 Jefe administrativo 105.279 4.176 1.629.297 Analista de ordenador 91.390 4.176 1.420.962 Contable 94.080 4.176 1.461.312 Cajero 94.080 4.176 1.461.312 Oficial administrativo y operador
91.390 4.176 1.420.962 Auxiliar administrativo perforista 88.586 4.176 1.378.902 Aspirante de 16 a 18 años
0 0 0 Auxiliar de caja 89.980 4.176 1.399.812
Grupo IV Jefe de sección de servicios 99.106 4.176 1.536.702 Jefe de taller 102.918 4.176 1.593.882 Profesional oficio de 1ª 88.586 4.176 1.378.902 Profesional oficio de 2ª 88.586 4.176 1.378.902 Profesional oficio de 3ª 88.586 4.176 1.378.902 Chófer 88.586 4.176 1.378.902 Capataz 88.586 4.176 1.378.902 Mozo especializado 88.586 4.176 1.378.902 Mozo 88.586 4.176 1.378.902
Grupo V Cobrador 88.586 4.176 1.378.902 Vigilante, sereno, ordenanza, portero 88.586 4.176 1.378.902 Personal de limpieza (hora) 479 0 7.185
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