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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Viernes, 25 de abril de 1997 Pág. 3.899

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

EDICTO de 10 de marzo de 1997, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, por el que se inicia la tramitación del expediente 344 de clasificación del monte Recebés o Costa do Sal, perteneciente a la parroquia de Sta. María de Ois, municipio de Coirós.

Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita el expediente nº 344 de clasificación del monte de las características que se indican a continuación:

Denominación: Recebés o Costa do Sal.

Comunidad: Pª Sta. María de Ois.

Parroquia: Ois.

Municipio: Coirós.

Superficie: 125,35 ha.

Linderos:

Coincide con el monte Recebés o Costa do Sal, nº 29 del C.U.P.

Norte: del piquete nº 1 al 58 siguiendo el orden de piquetes, con la carretera N-VI Madrid-A Coruña y fincas particulares de vecinos de Ois.

Este: del piquete nº 58 al 61 siguiendo el orden de piquetes, con el término municipal de Aranga y

monte Marina, Calzada y Agre. Del piquete nº 61 al 66 con el monte Marina, Calzada y Agre.

Sur: del piquete 66 al 67 con el monte Marina, Calzada y Agre, y propiedades particulares de vecinos de Ois. Del piquete nº 67 al 72 siguiendo el orden de piquetes, con fincas particulares de vecinos de Ois. Del piquete nº 72 al 76 siguiendo el orden de piquetes, con la carrtera N-VI. Del nº 76 al 91 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de vecinos de Ois.

Oeste: del piquete nº 91 al 104 siguiendo el orden de piquetes, y de éste al 1, con propiedades particulares de vecinos de Ois.

En virtud de lo acordado por el jurado, y en cumplimiento de la orden del instructor, de 10 de marzo de 1997, conforme lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común, de 10 de octubre de 1989, y demás disposiciones de aplicación, por medio del presente edicto se hace pública la iniciación de la tramitación del expediente indicado, al objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de 23 de septiembre de 1992, para la aplicación de la citada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesadas, puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en la defensa de los derechos que crean los asisten en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que consideren conveniente al respecto.

A Coruña, 10 de marzo de 1997.

Vº Bº

Juan Ramón Beneyto Bellas

Instructor

Manuel Puente Araújo

Secretario del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña

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