Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita el expediente nº 343 de clasificación del monte de las características que se indican a continuación:
Denominación: de Vilar de Reconco.
Comunidad: Vilar de Reconco.
Parroquia: Vilacova.
Municipio: Lousame.
Superficie: 195 ha.
Linderos:
Parcela I: incluida en parte dentro del monte Pedrouzos, nº 394 del C.U.P.
Norte: monte de los vecinos de Vilacova, desde el Coto Ardadas.
Este: propiedades particulares de vecinos de Vilar de Reconco.
Sur: monte de los vecinos de Vilar de Reconco.
Oeste: montes de los vecinos de Afeosa, Marselle y Lousame, pasando por Fonte Barrosa, Coto Pedroso y Pedra Formigueira, hasta llegar al Coto Ardadas.
Parcela II: incluida en parte dentro del monte Agudo, nº 171 del C.U.P.
Norte: monte de los vecinos de Vilacova, desde el lugar denominado Bouzas pasando por Sofeal, Porto Vilariño, Coto Grande Penudo, hasta el Monte Agudo.
Este: monte de los vecinos de Xestoso, desde el monte Agudo, pasando por el Coto Xestoso hasta Coto Xiroña.
Sur: monte de los vecinos de Froxán, desde el Coto Xiroña pasando por la Pedra Armada, hasta la parcela
I del monte de los vecinos de Vilar de Reconco.
Oeste: con la parcela I del monte de los vecinos de Vilar de Reconco, y propiedades particulares de vecinos de Vilar de Reconco.
En virtud de lo acordado por el jurado, y en cumplimiento de la orden del instructor, de 10 de marzo de 1997, conforme lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común, de 10 de octubre de 1989, y demás disposiciones de aplicación, por medio del presente edicto se hace pública la iniciación de la tramitación del expediente indicado, al objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de 23 de septiembre de 1992, para la aplicación de la citada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesadas, puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en la defensa de los derechos que crean los asisten en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que consideren conveniente al respecto.
A Coruña, 10 de marzo de 1997.
Vº Bº
Federico Sánchez Rodríguez
Instructor
Manuel Puente Araújo
Secretario del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña
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