En virtud de lo acordado por el magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Santiago de Compostela, en autos de testamentaría promovidos por Aurelio Carbia Iglesias, representado por el procurador Cuns Núñez, respecto de los bienes de Manuel Carbia López y María Iglesias Blanco. Por medio de la presente cédula se cita a las personas interesadas que luego se dirán para que, en el término de 15 días, comparezcan en el juicio a hacer uso de su derecho, bajo apercebimiento de ser declarados en rebeldía sin más citarles ni oírles.
Y para que así conste y sirva de cédula de citación en forma a las personas desconocidas e inciertas que puideran ostentar algún derecho sobre la herencia, expido, firmo y sello la presente cédula en Santiago de Compostela a veinticinco de enero de mil novecientos noventa y siete.
El secretario judicial
Rubricado
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