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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Viernes, 11 de abril de 1997 Pág. 3.420

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN SOCIAL

ORDEN de 24 de marzo de 1997 por la que se ordena la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, del 14 de marzo de 1997, por el que se otorga a la Asociación Ecca la concesión definitiva para el funcionamiento de una emisora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Pontevedra.

Adoptado acuerdo por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día catorce de marzo de 1997, relativo al otorgamiento a la Asociación Ecca de la concesión definitiva para el funcionamiento de una emisora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Pontevedra, resulta necesario dar publicidad al mencionado acuerdo, una vez cumplidos los requisitos que se determinan en el Decreto 156/1989, de 27 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 35/1992, de 6 de febrero, que regula el procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.

En consecuencia,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, adoptado en su reunión de 14 de marzo de 1997, por el que se otorga a la Asociación Ecca la concesión definitiva para el funcionamiento de una emisora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Pontevedra, texto que figura en el anexo a la presente orden.

Santiago de Compostela, 24 de marzo de 1997.

Jesús Pérez Varela

Conselleiro de Cultura y Comunicación Social

ANEXO

Acuerdo de 14 de marzo de 1997, del Consello de la Xunta de Galicia, por el que se otorga a la Asociación Ecca la concesión definitiva para el funcionamiento de una emisora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Pontevedra.

Estaban Velázquez Quevedo y Luis Alvarado Duarte, en representación de la Asociación Ecca, solicitaron la concesión de una emisora de carácter institucional en ondas métricas con modulación de frecuencia en Pontevedra, al amparo de la Orden de 16 de junio de 1983 de la Consellería de la Presidencia y del Decreto 172/1982, de 15 de diciembre, que posteriormente fue derogado por el Decreto 156/1989, de 27 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 35/1992, de 6 de febrero.

Por acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 10 de noviembre de 1983 se adjudicó con carácter provisional a la Asociación Ecca una emisora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Pontevedra.

Siendo aprobado por la Dirección General de Telecomunicaciones del Ministerio de Fomento el correspondiente proyecto técnico, así como el acta de con-

formidad final de las instalaciones, y teniendo en cuenta el informe de la Dirección General de Medios de Comunicación Social y Audiovisual, a propuesta de la Consellería de Cultura y Comunicación Social, el Consello de la Xunta de Galicia acuerda:

Primero.-Otorgar a la Asociación Ecca la concesión definitiva para el funcionamiento de una emisora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Pontevedra, de carácter educativo y cultural a tenor de lo que se dispone en el artículo 3.2º del Decreto 156/1989, de 27 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 35/1992, de 6 de febrero, por el que se regula el procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, y con sujeción a las normas contenidas en la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de ordenación de las telecomunicaciones, en el Real decreto 169/1989, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia y la Orden de la Consellería de la Presidencia de 16 de junio de 1983, y demás normativa aplicable.

Segundo.-Las características técnicas que se asignan a la mencionada emisora son las siguientes:

-Coordenadas: 42º 19' 13" N

08º 41' 45" W

-Cota (m): 548

-Denominación de la emisión: 256KF8EHF

-Frecuencia (MHz): 96,5

-Potencia radiada aparente máxima (w): 2000.

-Potencia máxima nominal del equipo transmisor (w): 1000.

-Potencia de salida autorizada del equipo transmisor (W): 680.

-Sistema radiante: 4 dipolos. Omnidireccional.

-Altura sobre el suelo del centro eléctrico de la antena (m): 25.

-Altura del mástil (m): 33.

-Altura efectiva máxima (m): 561.

-Polarización: mixta.

La frecuencia asignada queda condicionada, en su caso, al trámite de la coordinación internacional.

Tercero.-El plazo de concesión, a tenor de lo que se dispone en el artículo 13 del Decreto 156/1989, de 27 de julio, es de 10 años a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.

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