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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Miercoles, 09 de abril de 1997 Pág. 3.277

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 69/1997, de 21 de marzo, por el que se acepta la cesión a título gratuito a la Comunidad Autónoma de Galicia de un terreno de 11.000 m, situado en el lugar de O Camballón, término municipal de Vila de Cruces, para la construcción de un centro público de educación secundaria.

El Pleno de la Corporación Municipal de Vila de Cruces, reunido en sesión extraordinaria el 26 de septiembre de 1996 acordó la cesión a la Comunidad Autónoma de Galicia de un terreno de 11.000 m situado en el lugar de O Camballón, término municipal de Vila de Cruces para la construcción de un centro público de educación secundaria.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requirirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de la misma ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco, si bien no se consideran carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma

para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donador.

En su virtud, de conformidad con la propuesta de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Vila de Cruces acordó la cesión, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de marzo de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º

Aceptar la cesión gratuita, a la Comunidad Autónoma de Galicia, de un terreno de 11.000 m, situado en el lugar de O Camballón, término municipal de Vila de Cruces, propiedad del ayuntamiento. Los lindes son: norte; propiedad municipal y carretera de Vila de Cruces A golada. sur, carretera de Lalín a Vila de Cruces. Este, propiedad municipal y campo de fútbol, y oeste, Manuel Carballal Penas.

El inmueble descrito se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de Lalín, al folio 91, del libro 62 de Vila de Cruces, tomo 473, inscripción 1ª de la finca 8.833.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a la construcción de un centro público de educación secundaria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, veintiuno de marzo de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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