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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Miercoles, 02 de abril de 1997 Pág. 2.951

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 5 de febrero de 1997 por la que se convoca el VIII Certamen Gallego de la Canción Juventud 97.

El Real decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, especifica en su anexo I.B.3.h que aquella asume las competencias de promoción y organización de actividades de animación sociocultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, tercera edad y sectores marginados.

En este marco competencial, el ámbito cultural y artístico en lo que respecta a la juventud es compartido conjuntamente por las consellerías de Familia, Mujer y Juventud, que a través de la Dirección General de Juventud desarrolla el programa Fomento de la Actividad Juvenil, que tiene entre sus objetivos básicos promocionar la actividad cultural y artística entre nuestra juventud, y la Consellería de Cultura y Comunicación Social, a través de su Dirección General de Promoción Cultural, que tiene, entre otras funciones, la de colaborar en el desarrollo del teatro, la danza, las artes líricas y la imagen, así como la promoción de las artes plásticas y populares, de acuerdo con el Decreto 2/1994, de 13 de enero, y el Decreto 256/1996, de 20 de junio, por los que, respectivamente, se establece la estructura orgánica de cada una de dichas consellerías.

Por lo expuesto, la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, consciente de la importancia que tiene facilitar vías por las que pueda manifestarse la actividad e inquietudes artísticas individual y colectiva de la juventud gallega, y contando con la colaboración de la Consellería de Cultura y Comunicación Social, dada la naturaleza de las actividades que se van a realizar, convoca una serie de certámenes, concursos y muestras, que abarcan un amplio abanico de manifestaciones de carácter artístico y artesanal y que constituyen el programa Certámenes y Muestras Juventud 97.

Por todo esto,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Consellería de Familia, Mujer y Juventud convoca el VIII Certamen Gallego de la Canción Juventud 97, según las bases que se establecen en el anexo I de esta orden, donde se regulan los aspectos relativos a la participación, condiciones generales que van a regir en la respectiva convocatoria, inscripciones, desarrollo, premios y jurado.

Artículo 2º

El certamen objeto de la presente convocatoria se desarrollaría a través de las delegaciones provinciales

de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud con la colaboración de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura y Comunicación Social.

Artículo 3º

Las actividades que impliquen el desarrollo de este certamen serán costeadas con cargo a la partida presupuestaria 14.03.355B.640.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1997.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de febrero de 1997.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia, Mujer y Juventud

ANEXO I

VIII Certamen Gallego de la Canción

Juventud 97

I. Participantes.

Podrán participar en este certamen todos los jóvenes gallegos o residentes en Galicia. Se establecen las siguientes modalidades:

1. Solistas: jóvenes de hasta 30 años de edad.

2. Grupos: jóvenes de hasta 30 años de edad (pudiendo en este caso sobrepasar la edad, uno de cada cuatro componentes).

Se entienden estas edades cumplidas en el año 1997.

II. Condiciones generales.

1. En el caso de grupos, el número máximo de componentes será de ocho.

2. En ningún caso podrán intervenir en este certamen solistas o grupos profesionales.

3. Cada solista o grupo podrá presentar un máximo de 3 obras, con una duración máxima de 4 minutos cada una. Deberá grabarse por separado en cintas de cassette, y es obligatorio por lo menos, que una de ellas sea en gallego.

4. La temática es libre.

5. Los solistas o grupos podrán emplear los instrumentos musicales que precisen, aportándolos ellos mismos, a excepción de la batería que la aporta la organización.

6. Las cintas cassette se presentarán cada una en un sobre cerrado, figurando en el exterior el lema elegido por el grupo o solista. Se presentará además otro sobre cerrado, en el exterior del cual figurará el lema, y en el interior el boletín de inscripción que se indica en el anexo III, junto con una fotocopia del DNI por ambos lados o de la hoja correspondiente del libro de familia del/de los participante/s, y una declaración jurada conforme la persona o grupo participante no está desarrollando actividades profesionales o remuneradas en el campo de la música.

7. La Dirección General de Juventud reserva para sí el derecho de editar o difundir las obras musicales que sean seleccionadas para la fase final.

III. Inscripciones.

1. Los participantes deberán enviar el impreso de solicitud que se indica en el anexo II junto con los sobres cerrados referidos anteriormente al Servicio de Juventud de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de la provincia en la que residan habitualmente que puede ser a:

c/ Ronda de Fingoi, s/n - 27002 Lugo

Avda. de La Habana, 81-bajo 32004 Ourense

c/ Durán Loriga, 9-1º 15003 A Coruña

c/ Mª Berdiales 20-entresuelo 36203 Vigo e

c/ Benito Corbal 47-2º - 36001 Pontevedra

antes del 6 de junio de 1997.

IV. Desarrollo.

El jurado seleccionará a los autores y las obras que considere de más calidad para actuar en la fase final.

La fase final tendrá lugar en la plaza de la Iglesia en Lalín (Pontevedra), en el mes de junio de 1997.

Cerrará el certamen un grupo invitado para la ocasión.

V. Premios.

Se establecen los premios siguientes:

Modalidad solistas:

1º. premio: 50.000 ptas. y grabación, edición de compact-disc-single de 20 minutos de duración y mantenimiento durante los días de la grabación.

2º. premio: 25.000 ptas.

Modalidad grupos:

1º. premio: 100.000 ptas. y grabación, edición de compact-disc-single de 20 minutos de duración y mantenimiento durante los días de grabación.

2º. premio: 75.000 ptas.

Accésits: existirán como máximo 3 por cada una de las modalidades, de:

Solistas: 20.000 ptas. cada uno.

Grupos: 50.000 ptas. cada uno.

Se celebrará un Festival de Música Joven (en lugar y fecha por determinar), en el que se procederá a la presentación de los compact-disc y en el que actuarán los primeros clasificados. Para dicho acto se establecen las siguientes ayudas:

Solistas: 25.000 ptas.

Grupos: 50.000 ptas.

La organización se hará cargo de los gastos del equipo de sonido y luces, así como de la cena convivencial de dicho día.

Asimismo, se hará entrega a cada uno de los participantes seleccionados para la final en las distintas modalidades de un diploma que acredite su participación en este Certamen Gallego de la Canción.

VI. Jurado.

El jurado será nombrado por el director general de Juventud y por el director general de Promoción Cultural, a propuesta de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de Pontevedra, y estará compuesto por personas cualificadas en el campo de la canción y de la expresión musical. La secretaría recaerá en un funcionario de la Delegación Provincial de Familia, Mujer y Juventud de Pontevedra.

El jurado estará facultado para la interpretación de estas bases en las eventualidades no previstas, y podrá dejar desierto algún premio si así lo considera oportuno.

Su decisión será inapelable.

97-2435