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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Jueves, 20 de marzo de 1997 Pág. 2.539

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 7 de marzo de 1997 por la que se modifica parcialmente la de 27 de diciembre de 1996, por la que se aprueban los planes de explotación general marisquera para el año 1997.

El Decreto 423/1993, de 17 de diciembre, por el que se refunde la normativa vigente en materia de marisqueo y extracción de algas establece en su artículo 4 un plazo para la presentación, por parte de las entidades, de los correspondientes planes de explotación, como trámite previo para la aprobación del plan general de explotación marisquera que regirá para cada ejercicio. Con base en ello se aprobó la Orden de 27 de diciembre de 1996, en la que no pudieron incorporarse los relativos a las cofradías de Ferrol, O Pindo y Cariño debido a determinados problemas de orden interno de las cofradías que le impidieron presentar en plazo sus propuestas.

Después de presentar las citadas propuestas, se hace necesaria su aprobación e incorporación al Plan General de Explotación Marisquera para el año 1997.

En virtud de las atribuciones que tengo concedidas:

DISPONGO:

Artículo único.-Se modifican parcialmente los artículos 1 y 3 de la Orden de 27 de diciembre de 1996.

Artículo 1º

Entre la cofradía de Barallobre y la cofradía de Cariño, debe figurar:

Cofradía de Ferrol.

Zona de trabajo: se delimitará en la resolución y apertura.

Días máximos de extracción: a pie: 96, a flote: 181.

Puntos de control: embarcaciones de vigilancia, lonja de A Gándara y de A Malata.

Puntos de venta: lonjas de A Gándara y de A Malata.

Épocas probables de extracción:

-A pie: de enero al 25 de abril, de julio al 30 de diciembre.

-A flote: enero, febrero, marzo, abril, julio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre.

Artículo 3º

A continuación del plan de almeja fina de la cofradía de pescadores de Lira, se añadirá:

Plan de moluscos de la cofradía de O Pindo.

Días máximos de extracción: 63.

Puntos de control y venta: Berberecheira y camino del Loureiro.

Épocas probables de extracción: junio, julio y agosto.

A continuación del plan de la cofradía de Cedeira, se añadirá:

Plan de moluscos de la cofradía de Cariño.

Días máximos de extracción: 67.

Puntos de control: Fornelos, Puntal y Figueiroa.

Puntos de venta: lonja de Cariño.

Épocas probables de extracción: de febrero a diciembre.

Asimismo en el artículo 3.-Planes específicos en zonas de libre marisqueo, se debe realizar la siguiente corrección:

En la página 81, en el plan conjunto de coquina de la cofradía de O Vicedo y de la cofradía de El Barquero.

Donde dice: días máximos de extracción: 30.

Debe decir: días máximos de extracción: 60.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Marisqueo y Acuicultura, para el desarrollo de la presente orden.

Segunda.-Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 1997.

Juan Caamaño Cebreiro

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura

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