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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Jueves, 06 de marzo de 1997 Pág. 2.044

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 1997, de la Dirección General de Industria, por la que se concede a la Asociación de Profesionales de Agua, Gas, Electricidad, Calefacción y Afines de la Comunidad Autónoma de Galicia (APAGEC) la calificación de entidad autorizada para la impartición de cursos teórico-prácticos para la obtención de carnets profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la solicitud presentada por Manuel F. Ruibal Ruibal, en representación de la Asociación de Profesionales de Agua, Gas, Electricidad, Calefacción e Afines de la Comunidad Autónoma de Galicia (en adelante APAGEC) y la documentación anexa, e la que se solicita le sea concedida la calificación de entidad autorizada para la impartición de cursos teórico-prácticos para la obtención de carnets profesionales de instalador e mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la Orden de 16 de julio de 1981 por la que se aprueban las instrucciones técnicas complementarias, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, aprobado por el Real decreto 1618/1980, de 4 de julio.

Vista la Orden de 8 de abril de 1983 por la que se establecen especialidades de los carnets profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, y se fija el número de horas para desarrollar los programas de los cursos.

Considerando que la asociación solicitante cumple con los requisitos reglamentariamente establecidos, esta dirección general,

RESUELVE:

Otorgar a la APAGEC la calificación de entidad autorizada para la impartición de cursos teórico-prácticos para la obtención de carnets profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega, y proceder a su inscripción en el registro correspondiente de esta dirección general.

Para poder iniciar las actividades tendrá que presentar ante la delegación provincial de Industria e Comercio correspondente, fotocopia de esta resolución, tabla de tarifas y programación de los cursos previstos.

A efectos estadísticos y de control, tendrá que presentar en las delegaciones provinciales de Industria y Comercio correspondientes una memoria anual de actuaciones en la provincia, y en esta dirección general un resumen de las mismas en toda la Comunidad Autónoma gallega. Estas memorias contemplarán, en

su caso, las modificaciones y/o previsiones propuestas para el año siguiente.

Ante la eventualidad del establecimiento de cursos imprevistos, de los cuales no se hace mención en la documentación que sirve de base para otorgar la autorización, deberá notificar previamente a la delegación provincial de Industria e Comercio correspondiente, especificando el lugar de celebración y los medios materiales y humanos que se emplearán.

Esta autorización deberá renovarse a los dos años, para lo que deberá acreditar, ante esta dirección general, el cumplimiento de los requisitos exigidos en la autorización inicial.

Santiago de Compostela, 13 de febrero de 1997.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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