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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Lunes, 03 de febrero de 1997 Pág. 1.104

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO de subasta (28/1995-01).

Mª Teresa Bouzada Gil, magistrada jueza accidental del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Santiago de Compostela y su partido, hago saber:

Que en este juzgado se sigue pieza separada de ejecución provisional dimanante del juicio ejecutivo 28/1995, a instancia de Banco Central Hispanoamericano, representado por el procurador García-Piccoli, contra P y C Producción y Comercio S.L., en situación procesal de rebeldía y Fernando Méndez López y Mercedes Isabel Varela Carreira, representados por el procurador Calviño Gómez, en los que por resolución del día de la fecha se ha acordado sacar a la venta en pública subasta, por primera vez y por término de veinte días, y por el tipo de valoración que se dirá, los siguientes bienes:

Primer lote: 1/24 parte indivisa del local destinado a garaje en la planta tercera del sótano de la casa señalada con el número 44 de la calle San Pedro de Mezonzo, inscrito en el Registro de la Propiedad número uno de Santiago de Compostela al tomo 967, libro 12, folio 4, finca 946, inscripción primera. Valorado en trescientas mil pesetas (300.000 ptas).

Segundo lote: rústica, secano, finca 509 A), del polígono 8 de concentración parcelaria de la zona de Tapia de Casariego, al sitio de Miralles. Superficie 47 aéreas y 80 centiáreas. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Castropol (Asturias) al tomo 456, libro 50 de Tapia, folio 156, finca 11.866, inscripción primera. Valorada en 956.000 pesetas.

La subasta tendrá lugar en la sala de audiencia de este juzgado, sito en el polígono de As Fontiñas, en la calle Viena s/n de esta ciudad, el día veinte de marzo a las doce horas, bajo las siguientes condiciones:

Primera.-En los remates no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del avalúo.

Segunda.-Para tomar parte en la subasta deberán los licitadores consignar previamente, en el establecimiento destinado al efecto, una cantidad igual, por lo menos al 20% efectivo del valor de los bienes que sirva de tipo para la subasta, sin cuyo requisito no serán admitidos.

Tercera.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura a calidad de ceder el remate a un tercero.

Cuarta.-En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, depositando en la mesa del juzgado junto a aquél, el importe de la consignación.

Quinta.-Que a instancias del acreedor se sacan los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos.

Sexta.-Que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

En prevención de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la segunda, con rebaja del 25% del tipo de la primera, el día dieciocho de abril a las doce horas, debiendo consignar previamente el 20% del tipo de esta segunda subasta, se señala para la tercera el día dieciséis de mayo a las doce horas, sin sujeción a tipo, debiendo consignarse previamente el 20% del tipo de la segunda subasta.

Diecisiete de enero de mil novecientos noventa y siete.

El magistrado juez

Rubricado

El secretario

Rubricado

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