Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Martes, 28 de enero de 1997 Pág. 917

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (128/1996).

Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Santiago de Compostela y su partido. Hace saber que en los autos de juicio ejecutivo, seguidos con el número 128/1996, se ha dictado sentencia con fecha 20 de septiembre de 1996, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Vistos, por Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ejecutivo, seguidos en este juzgado con el número 128 de 1996, entre partes, de una como demandante, la entidad Banco Central Hispanoamericano, domiciliado en Madrid, representada en autos por el procurador García Piccoli Atanes, asistida

de la letrada Rodríguez Arroyo y de otra como demandados, José Ramón Liñayo Leboráns y María Elena Porto García, vecinos de esta ciudad, con domicilio en la calle Santiago de Chile y Romero Donallo, edificio Queixume, portal I, piso 7-C, incomparecidos y en situación procesal de rebeldía, sobre póliza de préstamo.

Fallo, que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada en este proceso contra José Ramón Liñayo Leboráns y María Elena Porto García, haciendo trance y remate de los bienes embargados y que se embarguen, y con su producto entero y cumplido pago a la parte ejecutante, la entidad Banco Central Hispanoamericano, S.A. de la suma principal de 1.239.890 pesetas, consignadas por la parte ejecutada, gastos, intereses pactados y legales, y costas causadas y que se causen, que preceptivamente se imponen a la parte deudora, a quien será notificada esta resolución en la forma y modo que dispone la ley para los rebeldes; haciendo saber a las partes que este resolución no es firme y contra la misma caber recurso de apelación dentro de cinco días para ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Llévese certificación al pleito principal.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

La anterior sentencia ha sido publicada en el mismo día de su fecha.

Y para que sirva de notificación a los demandados rebeldes, José Ramón Liñayo Leboráns y María Elena Porto García, expido el presente edicto que firmo y sello en Santiago de Compostela a cinco de diciembre de mil novecientos noventa y seis.

El magistrado-juez

Rubricado

El secretario

Rubricado

245