El Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 1996 y en ejercicio de la competencia delegada por el Art. 2 de la Ley 7/1995, de 29 de junio, de delegación y distribución de competencias en materia de urbanismo, adoptó el siguiente acuerdo:
-Aprobar con carácter definitivo una modificación puntual del PGOU cuyo objeto es la incorporación y exclusión de caminos del viario público.
-Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Diario oficial de Galicia y comunicar el mismo, con traslado del expediente tramitado y dos ejemplares diligenciados del documento aprobado a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, quedando condicionada su eficacia y entrada en vigor al cumplimiento de estos trámites.
-Determinar, de acuerdo con lo establecido en el Art. 6 de la Ley 7/1995 anteriormente citada, que el acuerdo adoptado pone fin a la vía administrativa, siendo directamente recurrible ante la jurisdicción contencioso administrativa.
Culleredo, 18 de diciembre de 1996.
Julio Sacristán de Diego
Alcalde
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