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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 6 Viernes, 10 de enero de 1997 Pág. 285

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 450/1996, de 20 de diciembre, por el que se acepta la cesión a título gratuito de un terreno de 5.960 m situado en parque de Teis (Vigo), hecha a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia para la construcción de un centro destinado a la tercera edad.

El Pleno de la Corporación Municipal de Vigo, reunido en sesión extraordinaria el día 5 de julio de 1990, acordó la cesión de un terreno a la Comunidad Autónoma de Galicia, destinado a centro de tercera edad.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de la misma ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, de conformidad con la propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Vigo acordó la cesión, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinte de diciembre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo 1º

Aceptar la cesión gratuita del terreno de 5.960 m situado en el parque de Teis, perteneciente al Ayuntamiento de Vigo, que linda: norte, con el comienzo de la calle y fondos de los edificios números 265 al 270 de la calle de Sanjurjo Badía; sur, fondos

de los edificios números 2 a 48 de la calle de Boán; este, calle de Buenos Aires; y oeste, con caminos de la calle de Boán.

El inmueble descrito se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad nº 2 de Vigo, en el tomo 1.739, folio 77 del libro 809 de Vigo, finca número 55.447.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a la construcción de un centro destinado a la tercera edad.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el registro de la propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, veinte de diciembre de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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