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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 254 Martes, 31 de diciembre de 1996 Pág. 12.077

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 443/1996, de 13 de diciembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Pontevedra, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de urbanización de calles perimetrales de la antigua cárcel de A Parda.

El Ayuntamiento de Pontevedra en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 1996, acordó aprobar el proyecto de urbanización de las calles perimetrales de la antigua cárcel de A Parda y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 19 de noviembre de 1996 con el número 12.082.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 19 de noviembre de 1996, nº 12.107.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque viene justificada por la necesidad de que las calles perimetrales al nuevo edificio de los juzgados (ubicado en una parcela cedida gratuitamente por acuerdo del Pleno de la Corporación de 30 de mayo de 1996 a la Xunta de Galicia) estén totalmente urbanizadas antes de la finalización de las obras de construcción del mismo, ya que en la licencia urbanística concedida a tal fin se establece un plazo de ejecución de las obras de 24 meses, por lo que se hace totalmente indispensable que las calles que circundan al nuevo edificio de los juzgados estén totalmente urbanizadas y dotadas de todos los servicios, debiendo acreditarse la plena disponibilidad de los terrenos antes de comenzar la ejecución de las obras de urbanización, que tiene una duración prevista de seis meses.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día trece de diciembre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Pontevedra, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de urbanización de las calles perimetrales de la antigua cárcel de A Parda.

Santiago de Compostela, trece de diciembre de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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