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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Jueves, 19 de diciembre de 1996 Pág. 11.651

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

AVISO de 8 de noviembre de 1996, de la Jefatura de Servicio de Estructuras y Desarrollo Rural de A Coruña, por el que se anuncia la publicación de las bases definitivas de la zona de San Vicente y Santa María de Vigo (Cambre-Carral-A Coruña).

Se pone en conocimiento de los interesados en la concentración de la zona de San Vicente y Santa María de Vigo (Cambre-Carral-A Coruña), declarada de utilidad pública y urgente ejecución por Decreto 86/1992, de 26 de marzo (DOG nº 65 del 3 de abril de 1992), que la junta local de la zona en su reunión de 6 de noviembre de 1996, aprobó las bases definitivas de concentración, que estarán expuestas al público en los locales de los ayuntamientos de Cambre y Carral y en los lugares de costumbre de la parroquia durante el plazo de treinta días hábiles a contar del siguiente al de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial de Galicia y en el BOP, de conformidad con lo que determina la Ley de concentración parcelaria para Galicia (artículo 36).

Los documentos que se puedan examinar en el local de ayuntamiento se refieren a la determinación del perímetro (fincas de la periferia, que se han incluido o excluido, superficies que se exceptúan por ser de

dominio público y relación de fincas excluidas) la clasificación de tierras y fijación de coeficientes que servirán de base para hacer las compensaciones que sean necesarias y la determinación de propietarios y titulares de gravámenes y otras situaciones jurídicas de las que se declara formalmente su titularidad.

Contra estas bases los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes dentro del plazo de treinta días antes señalado, en la Jefatura de Estructuras Agrarias (edificio administrativo, plaza Luis Seoane, s/n, 6ª planta, A Coruña), o en las oficinas centrales de la consellería (San Caetano, s/n, Santiago de Compostela) o en cualquiera de las dependencias a las que hace referencia el artículo 38.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expresando en el escrito un domicilio dentro del término municipal para hacer las notificaciones que procedan, y, en su caso, la persona residente en el mismo a quien hayan de hacerse las notificaciones.

A Coruña, 8 de noviembre de 1996.

Rogelio del Valle Muñoz-Cobo

Jefe de Servicio de Estructuras y Desarrollo Rural de A Coruña

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