De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que se mencionan en el anexo que, con esta fecha, ha resuelto publicar las resoluciones de los procedimientos sancionadores por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, (DOG
nº 151 del 5-8-1992), por no haberse podido realizar su notificación.
El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia nº 311-000-166/2 de la Caja de Ahorros de Galicia en A Coruña O.P., en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta notificación. Para efectuarlo se deberán emplear los impresos normalizados que serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples, Monelos, A Coruña. Transcurrido el citado plazo se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe formular recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Gandería y Montes, dentro del plazo de un mes, contado igualmente, a partir del día siguiente de esta publicación.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.
A Coruña, 27 de noviembre de 1996.
Rogelio Aramburu Núñez
Delegado provincial de A Coruña
ANEXO
Ley de pesca
DNI
Última dirección conocida
Tipificación infracción
Expediente Denunciado
Hechos denunciados Artículo Calificación Sanción
76.339.908
O Milladoiro-Ames
Inhab. 1 año
32.818.461
Venezuela, 9
A Coruña
Inhab. 1 año
32.647.435
Outeiro-San Sadurniño
1.240 Indemn.
33.209.452
Picaños, 46
Santiago de Compostela
32.405.332
Bº Flores, 28
A Coruña
15.900 Indemn.
P-96/0003 Dosinda Rodríguez Abelenda
Echar a las aguas sustancias susceptibles de causarles daños a los seres acuáticos. 34.24º Menos grave 50.001 multa,
P-96/0051 Marcos Armesto Fernández
Pescar en una zona prohibida 34.6º Menos grave 50.001 multa,
P-96/0098 Jesús Rivas López
Pescar 1 trucha de tamaño menor que el reglamentario. 33.9º Leve 10.000 multa,
P-96/0112 Jesús Pereiro Sadurniño
Pescar 1 trucha de tamaño menor que el reglamentario. 33.9º Leve 10.000 multa
P-96/0141 Gerardo Seoane Martínez
Pescar 13 truchas de tamaño menor que el reglamentario. 33.9º Leve 10.000 multa,
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