En virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictada en el juicio de divorcio 442/1996,
que se sigue en este juzgado a instancia de Pilar Engamio Furelos, representada por el procurador Regueiro Muñoz, contra Domingo Báez Echevarría, por medio de la presente cédula se emplaza a Domingo Báez Echevarría, cuyo domicilio actual se desconoce a fin de que en el plazo de veinte días, comparezca en autos y conteste a la demanda, formulando en su caso reconvención, con la prevención que de no hacerlo será declarado en rebeldía y se dará por contestada la demanda, notificándole dicha resolución y las demás que se dicten en los estrados del juzgado.
Y para que sirva de emplazamiento a Domingo Báez Echevarría, expido la presente cédula que firmo y sello en Santiago de Compostela a dieciocho de octubre de mil novecientos noventa y seis.
El secretario
Rubricado
8214