Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Lunes, 09 de diciembre de 1996 Pág. 11.109

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 426/1996, de 29 de noviembre, por el que se aprueba la bandera del Ayuntamiento de Foz (Lugo).

El Ayuntamiento de Foz (Lugo) consideró conveniente adoptar una enseña propia en la que, con la simbología adecuada y conforme a las tradicionales pautas de presentación de los emblemas heráldicos, se represente y perpetúe su propia peculiaridad. Para ello, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó el informe histórico-heráldico, con su correspondiente blasonamiento y representación gráfica, para su aprobación definitiva.

La competencia exclusiva en materia de adopción, modificación o rehabilitación de emblemas heráldicos y banderas de los ayuntamientos y de otras entidades locales, le corresponde a la Comunidad Autónoma gallega, según lo dispuesto en el artículo 27.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

El expediente se tramitó conforme a las normas de procedimiento establecidas en el Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, aprobado por el R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre y en el Decreto 258/1992, de 10 de septiembre, de la Xunta de Galicia, por el que se regula el procedimiento y normas heráldicas para adopción, modificación o rehabilitación de los escudos y banderas de las corporaciones locales y de otras entidades locales.

En su virtud, visto el informe emitido por la comisión de heráldica de la Xunta de Galicia, y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo único.-Aprobar la bandera del Ayuntamiento de Foz (Lugo), que quedará organizada del siguiente modo: tres franjas horizontales de igual tamaño, verde la superior, blanca la central y azul la inferior.

Santiago de Compostela, veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

7849