Aprobado inicialmente por el Pleno, en sesión del 25-10-1996, el plan parcial de un sector de suelo urbanizable programado número 5 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), en Ribadelouro, se expone al público por el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley del suelo y artículo 128 del Reglamento de planeamiento vigente y supeditada a la resolución definitiva que proceda de la modificación del PGOU que se tramita separadamente.
Tui, 6 de noviembre de 1996.
Miguel A. Capón Rey
Alcalde
8580