Con fecha 30 de octubre de 1996 el director general de Obras Públicas y Transportes por delegación del
conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda aprobó el proyecto de trazado de la obra AC-443 Negreira-Brandomil, tramo A Pereira-Brandomil. Clave N/AC/91.35.
Los bienes y derechos en los que se concreta la declaración de urgente ocupación aparecen recogidos y valorados en el citado proyecto.
La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia en virtud del artículo segundo del Decreto 156/1982, de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras y su asignación a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, considerándose justificada para dar continuidad a las actuaciones en el itinerario y por contar con financiación de la Comunidad Europea.
En virtud de todo lo expuesto y en aplicación del artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia y de los artículos 10 y 52 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 25/1988 de 29 de julio, a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis,
DISPONGO:
Artículo único.-Declarar la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios y que se concretan en el expediente administrativo instruido, a efectos de expropiación en el proyecto de la obra AC-443 Negreira-Brandomil, tramo A Pereira-Brandomil. Clave N/AC/91.35.
Santiago de Compostela, veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
José Cuíña Crespo
Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda
8290