La Ley 31/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6, señala la obligación de que los precios privados sean publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y previa emisión del preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería,
DISPONE:
Artículo único.
1. Quedan aprobados los precios de venta al público de las publicaciones que se relacionan en el anexo.
2. Estos precios se entenderán, si es el caso, con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 11 de noviembre de 1996.
Manuela López Besteiro
Conselleira de Familia, Mujer y Juventud
ANEXO
-Ayudas y subvenciones. Familia, mujer, juventud, formación ocupacional y empleo. 1996. 1.000 ptas.
-La mujer gallega en cifras: 2.500 ptas.
-Inventario de medidas de política de empleo y formación: 1.200 ptas.
-Estudio sobre la prostitución en el sur de Galicia: 1.000 ptas.
-Otoño fotográfico 1996: 1.300 ptas.
-Somos gallegos porque ...: 125 ptas.
-La formación profesional ocupacional en Galicia. Mapa de recursos (libro) y La formación profesional ocupacional en Galicia. Censo de centros colaboradores (disquete): 2.500 ptas.
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