En el artículo 4 de la Ley 7/1994, de 29 de diciembre, se dispone que del Consello de Dirección del Instituto Lácteo y Ganadero (Ilgga) formarán parte cinco vocales, correspondiéndole su nombramiento al conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes.
A su vez, en el artículo 9 del Decreto 128/1996, de 14 de marzo, que desarrolla la anterior Ley de creación del Ilgga, se dispone que, además del director del instituto, habrá cinco vocales, uno de ellos en representación de la Consellería de Economía e Facenda, y otros cuatro de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes. El primero de estos a propuesta del conselleiro de Economía e Facenda y los cuatro restantes de entre personas de reconocido prestigio en el sector lácteo y ganadero y altos cargos o funcionarios de la Administración autonómica.
Por consiguiente, después de efectuar los trámites oportunos, es preciso efectuar dichos nombramientos para la constitución del Consello de Dirección del Instituto Lácteo y Ganadero y, en consecuencia,
ORDENO:
Artículo único.
Se nombran cinco vocales del Consello de Dirección del Instituto Lácteo e Ganadero de Galicia, según lo que a continuación se especifica:
a) En representación de la Consellería de Economía e Facenda:
O subdirector general del Patrimonio, José Luís Veiga Castiblánquez.
b) En representación de la Consellería de Agricultura, Ganadería e Montes:
El delegado provincial de Lugo, José Ramón Molinero Senovilla.
El subdirector general de Modernización de Explotaciones del Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia, José Luís Díez Díez.
El subdirector general de Sanidad Animal y Vegetal, José Mª Salgado López.
La subdirectora general de Personal y Coordinación Administrativa, Mª Lourdes Batán Aira.
Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 1996.
Tomás Pérez Vidal
Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes
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