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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Miercoles, 20 de noviembre de 1996 Pág. 10.442

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (196/1996-3).

Yo, María Manuela García-Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, hago saber que, en virtud de lo acordado en autos de juicio ejecutivo número 196/1996-3, sobre reclamación de cantidad, siendo demandante Banco Central Hispanoamericano, S A. y demandados José Manuel Bello Rey y Mª Josefa Rodríguez Varela, siendo la cuantía del asunto la de 1.215.252 pesetas de principal, más 600.000 pesetas calculadas para intereses, gastos y costas, se cita de remate a los demandados José Manuel Bello Rey y Mª Josefa Rodríguez Varela para que, en el plazo de nueve días hábiles a partir de la publicación, puedan oponerse a la ejecución, compareciendo en los autos por medio de procurador, apercibidos de que, de no efectuarlo, serán declarados en rebeldía y seguirá el juicio su curso sin volver

a citarlos ni hacerles otras notificaciones que determine la ley. Notificándoles el embargo de los siguientes bienes:

-Rústica: finca a monte denominada Chousa da Ínsua sita en la parroquia de Barizo, ayuntamiento de Malpica de Bergantiños. Superficie de 10 áreas, 56 centiáreas, equivalentes en medida local a dos ferrados. Limita: norte, monte de José Couto Romero; sur, pista en proyecto de cinco metros de ancho; este, más de Asunción Cousillas Gulín; y por el oeste, monte de Clarisa Varela.

-Parte proporcional que corresponda de primas, comisiones, bonificaciones, sueldo, pagas extra o cualquier tipo de percepciones que reciba José Manuel Bello Rey de la empresa Prosperity, S.A. de Seguros y Reaseguros, con domicilio en c/ Nicaragua, 4 de A Coruña.

-Saldos bancarios, a favor de José Manuel Bello Rey y de Josefa Rodríguez Varela de Caixa Galicia, Banco Pastor, Banesto y BBV.

Se hace constar que se realizó el embargo sobre el bien del demandado, sin requerimiento previo de pago por desconocer su domicilio.

Y para que conste y sirva de notificación a los demandados José Manuel Bello Rey y Mª Josefa Rodríguez Varela, expido el presente edicto en Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 1996.

El secretario

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