Visto el texto de la revisión del convenio colectivo para el sector de la industria de ebanistería y afines (código 2700245), de la provincia de Lugo, firmado el día 29 de mayo de 1996, por la representación de la Asociación Provincial de Empresarios de Ebanistería y de las centrales sindicales CIG, UGT, CC.OO y USO, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo.
Esta delegacion provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión del citado convenio colectivo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.
Segundo.-Remitir el texto de la revisión del mencionado convenio colectivo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Lugo, 25 de junio de 1996.
Carlota Novo Ríos
Secretaria provincial de Lugo
(Dto. 13/94, do 20.1)
Acta
Asistentes.
Por la Asociación de Empresarios de Ebanistería de la provincia de Lugo.
Ángel Hermida Seivane.
Julio Moure López.
Manuel López Insua.
José Manuel López Barreal.
Mª José Muñoz Rodríguez.
Mª Jesús Pena Montouto.
Gonzalo Expósito Choren.
Por las centrales sindicales.
CIG(2)
Guillermo Rey Rouco.
Ignacio Javier García Gómez.
UGT(2)
Jesús Darriba Burgo.
Luis Castro Varela.
CC.OO.(2)
Jesús Varela Lodeiro.
Miguel Mendoza Sánchez.
USO(1)
Jesús Cantero Pérez
En Lugo, siendo las 17 horas del día 29 de mayo de 1996, se reúnen en los locales de la CEL las personas al margen relacionadas, todas ellas integrantes de la comisión mixta paritaria prevista en el artículo 3 del vigente convenio colectivo para la industria de ebanistería y afines de la provincia de Lugo, con el objeto de proceder a la aplicación de la cláusula de revisión salarial prevista en el parrafo segundo del artículo 11 bis del convenio colectivo para la industria de ebanistería y afines de la provincia de Lugo.
Después de las deliberaciones pertinentes se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:
Primero.-Aprobar la tabla de atrasos del convenio con vigencia desde el 1 de enero de 1995 hasta el 31 de diciembre de 1995, atrasos que tendrán que hacerse efectivos dentro del mes siguiente al acta.
Segundo.-Aprobar la tabla de salarios del año 1995 que servirá de base para aplicar el incremento salarial que se pacte para el convenio colectivo para la industria de ebanistería y afines de la provincia de Lugo del año 1996.
Terceiro.-Remitir la presente acta a la autoridad laboral pertinente a efectos de su aprobación y publicación.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y en la fecha indicados.
Tabla de atrasos convenio de industria de ebanisteria y afines de la provincia de Lugo (diferencia entre el incremento del 4,8% y el incremento ya abonado del 3,5%). Vigencia: 1-1-1995 al 31-12-1995
Categoria profesional Atrasos díaAtrasos año
Encargado y similares 4219.110
Oficial de 1ª Conduc. y Asimil. 4319.565
Oficial de 2ª Conduc. y Asimil. 4118.655
Peón, ayudante y asimilados 4118.655
Aprendiz de 17 años 2511.375
Aprendiz de 16 años 2310.465
Categoria profesional Atrasos mesAtrasos año
Jefe de oficina y proyectista 1.28619.290
Oficial de 1ª Adm. y jefe taller 1.27319.095
Oficial de 2ª Adm. y jefe taller 1.12016.800
Auxiliar administrativo 1.21518.225
Aprendiz mayor de 18 años 1.19917.985
Tabla salarial convenio de industria de ebanisteria y afines de la provincia de Lugo (una vez aplicada la revisión del 4,8%; tabla base para aplicar el incremento de 1996). Vigencia: 1-1-1995 al 31-12-1995
Categoria profesional Salario díaSalario año
Encargado y similares 3.4381.564.290
Oficial de 1ª Conduc. y Asimil. 3.4281.559.740
Oficial de 2ª Conduc. y Asimil. 3.3191.510.145
Peón, ayudante y asimilados 3.2481.477.840
Aprendiz de 17 años 2.059936.845
Aprendiz de 16 años 1.839836.745
Categoria profesional Salario mesSalario año
Jefe de oficina y proyectista103.6551.554.825
Oficial de 1ª Adm. y jefe taller102.6911.540.365
Oficial de 2ª Adm. y jefe taller 99.8211.497.315
Auxiliar administrativo 97.9161.468.740
Aprendiz mayor de 18 años 96.7321.450.980
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