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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Lunes, 11 de noviembre de 1996 Pág. 10.097

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

ORDEN de 8 de noviembre 1996 por la que se dictan normas para para garantizar los servicios esenciales durante la huelga general convocada para el día 11 de noviembre de 1996 en el Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez.

El ejercicio del derecho de huelga en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia está condicionado al mantenimiento de los servicios esenciales, de acuerdo con el Decreto 155/1988, de 9 de junio, lo que significa, tal como ha declarado el Tribunal Constitucional, que el derecho de la comunidad a estas prestaciones vitales es prioritario respecto del derecho a la huelga, si bien esta prioridad necesita ser contrastada en cada situación de huelga y sometida al principio de proporcionalidad de los sacrificios impuestos a los huelguistas y a los beneficiados por el servicio, en lo que atañe a los derechos fundamentales, las libertades públicas y los bienes constitucionalmente protegidos.

El mencionado Decreto 155/1988, de 9 de junio, por el que se dictan normas para garantizar la prestación de los servicios esenciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma, establece que tendrán la consideración de servicios esenciales, entre otros y por lo que respecta a los prestados por esta consellería, la recepción y registro de documentos (artículo 2).

La motivación de la concreta determinación del mínimo de actividad y de la fijación del personal

preciso para asegurar el mantenimiento de los específicos servicios esenciales prestados por esta consellería es, respecto a cada uno de ellos, la siguiente:

-En las Agencias de Extensión Agraria, el que estas depedencias realizan funciones de registro y recepción de documentos.

Por todo ello, el mínimo de actividad y el personal preciso para asegurar el mantenimiento de los específicos servicios esenciales prestados por esta consellería y afectados por la presente convocatoria de huelga es el siguiente:

Agencia de extensión agraria de As Pontes de García Rodríguez.

-Un funcionario.

La designación nominal del personal que deberá cubrir los servicios fijados será hecha por el delegado provincial de la consellería, y publicada en los tablones de anuncios en los respectivos centros de trabajo.

Santiago de Compostela, 8 de noviembre de 1996.

P. D. (O. 13-12-1993)

Antonio Luis Rosón Pérez

Secretario general de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes

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