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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Jueves, 07 de noviembre de 1996 Pág. 9.957

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 25 de octubre de 1996, de las consellerías de la Presidencia y Administración Pública y de Economía y Hacienda, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y del Servicio Gallego de Salud (Sergas) referente al personal de cuerpos y escalas de la Ley 17/1989, de 23 de octubre.

La modificación de la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y del Servicio Gallego de Salud (Sergas) efectuada por los Decretos 63/1996 y 64/1996, de 15 de febrero, respectivamente (DOG nº 41, del 27 de febrero de 1996; correcciones de errores, DOG nº 60, de 20 de marzo de 1996), hacen necesario modificar parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consellería de Sanidade y Servicios Sociales y del Servicio Gallego de Salud, referente al personal de los cuerpos y escalas de la Ley 17/1989, de 23 de octubre.

En consecuencia, a propuesta de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, oídas las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de la Comunidad Autónoma de Galicia y la Comisión de Personal,

DISPONEMOS:

Artículo único.-Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y del Servicio Gallego de Salud, referente al personal de cuerpos y escalas de la Ley 17/1989, de 23 de octubre, publicada por Orden de 11 de febrero de 1994 de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales (DOG nº 41, del 1 de marzo) en los

términos que se señalan en el anexo de la presente Orden.

Santiago de Compostela, a 25 de octubre de 1996.

Dositeo Rodríguez RodríguezJosé Antonio Orza Fernández

Conselleiro de la PresidenciaConselleiro de Economía y Administración Públicay Hacienda

ANEXO

a) Claves utilizadas para designar cuerpos y escalas sanitarias en la relación de puestos de trabajo del personal incluído en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre:

1.-Cuerpo Facultativo Superior de la Xunta de Galicia:

1.1.-Escala de atención primaria y especializada:

1.1.1.-Subescala de atención primaria:

1.1.1.1.-Clase de médicos titulares.

1.1.2.- Subescala de atención especializada:

1.1.2.1.-Clase de médicos:

1.1.2.1.1.-Generalistas.

1.1.2.1.2.-Psiquiatría.

1.1.2.1.3.-Obstetricia y ginecología.

1.1.2.1.4.-Pediatría.

1.1.2.1.5.-Medicina interna.

1.1.2.1.6.-Cirugía general.

1.1.2.1.7.-Traumatología.

1.1.2.1.8.-Otorrinolaringología.

1.1.2.1.9.-Urología.

1.1.2.1.10.-Radiología.

1.1.2.1.11.-Neumología.

1.1.2.2.-Clase de farmacéuticos:

1.1.2.2.1.-Análisis clínicos.

1.1.2.2.2.-Farmacia hospitalaria.

1.1.2.5.-Clase de psicólogos.

1.2.-Escala de salud pública y administración sanitaria:

1.2.1.-Clase de farmacéuticos titulares.

1.2.3.-Clase de licenciados en medicina y cirugía.

1.2.4.-Clase de licenciados en farmacia.

1.2.6.-Clase de licenciados en ciencias químicas.

1.2.7.-Clase de licenciados en ciencias biológicas.

1.2.8.-Clase de licenciados en psicología.

1.2.9.-Clase de inspectores médicos.

1.2.10.-Clase de Inspectores farmacéuticos.

2.-Cuerpo facultativo de grado medio de la Xunta de Galicia:

2.1.-Escala de atención primaria y especializada.

2.1.1.-Subescala de atención primaria.

2.1.1.1.-Clase de practicantes titulares.

2.1.1.2.-Clase de matronas titulares.

2.1.2.-Subescala de atención especializada:

2.1.2.1.-Clase de ATS/DUE básicos.

2.1.2.2.-Clase de terapeutas ocupacionales.

2.2.- Escala de salud pública y administración sanitaria:

2.2.1.-Clase de ATS/DUE.

2.2.2.-Clase de subinspectores sanitarios.

5.-Personal de la Administración de la Seguridad Social perteneciente a la escala de inspectores médicos del cuerpo sanitario del extinguido Instituto Nacional de Previsión (INP) e inspectores médicos del cuerpo especial del Instituto Social de la Marina.

6.-Personal de la Administración de la Seguridad Social perteneciente a la escala de farmacéuticos inspectores del cuerpo sanitario del extinguido Instituto Nacional de Previsión (INP).

7.-Personal perteneciente a otros cuerpos y escalas de carácter sanitario de cualquiera Administración Pública y personal facultativo regulado en el Estatuto Jurídico del Personal Médico de la Seguridad Social.

8.-Personal de la Administración de la Seguridad Social perteneciente a la escala de ATS-Visitadores del cuerpo sanitario del extinguido Instituto Nacional de Previsión (I.N.P.).

b) Clave para designar la formación específica:

523.-Diploma de directivo.

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