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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Lunes, 28 de octubre de 1996 Pág. 9.567

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 1996, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución de los expedientes sancionadores P-242/1995 y P-33/1996 (pesca-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la resolución de dichos expedientes, por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre la pesca fluvial en Galicia.

1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido dicho plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 120.596 del Banco Pastor (0072), oficina principal (0401). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 24 de septiembre de 1996.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

-Expediente: P-242/1995.

Denunciado: Ángel Luis Piñeiro Bures.

Último domicilio conocido: Campaña, Valga.

Hecho denunciado: pescar sin licencia, el día 20 de mayo de 1995, en el río Ulla, ayuntamiento de Valga.

Precepto infringido: artículo 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Precepto sancionador: artigo 34º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Sanción: 50.001 ptas. e inhabilitación para obtener la licencia de pesca 1 año.

-Expediente: P-33/1996.

Denunciado: Francisco Caldelas Vidal.

Último domicilio conocido: Herbón-Padrón.

Hecho denunciado: incumplir las normas establecidas para la pesca de la lamprea al pescar desde la pesquera nº 5 sin tener autorización, el día 13 de febrero de 1996, en el río Ulla, ayuntamiento de Padrón.

Precepto infringido: artículo 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Precepto sancionador: artículo 33 de la Lei 7/1992, de pesca fluvial.

Sanción: 20.000 ptas.

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