Advertidos errores en la Orden de 3 de septiembre de 1996, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Ribeira Sacra y de su Consejo Regulador (DOG nº 178, del 11 de septiembre de 1996), es necesario hacer las siguientes correcciones:
-Artículo único, línea 2, donde dice: «... Ribeira Sacre,...», debe decir: «... Ribeira Sacra,...».
Artículo 4, apartado d), párrafo 4, donde dice: «-Municipio de Sober: Rosende.», debe decir: «-Municipio de Sober: Rosende y Anllo (San Estevo).».
-Artículo 4, apartado e), párrafo 4, línea 2, donde dice: «San Paio de Abeleda y Santa Tegra de Abeleda.», debe decir: «San Paio de Abeleda, Santa Tegra de Abeleda y Tronceda.».
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