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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Martes, 08 de octubre de 1996 Pág. 8.943

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

EDICTO de 19 de agosto de 1996, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, por el que se inicia la tramitación del expediente 331 de clasificación del monte Cives de Arriba, Cives de Abaixo, Sande y Mundín, perteneciente a los lugares de Cives de Arriba, Cives de Abaixo, Sande y Mundín, parroquia de Colúns, municipio de Mazaricos.

Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita expediente 331 de clasificación del monte cuyas características se indican a continuación:

Denominación: Cives de Arriba, Cives de Abaixo, Sande y Mundín.

Comunidad: Cives de Arriba, Cives de Abaixo, Sande y Mundín.

Parroquia: Colúns.

Municipio: Mazaricos.

Superficie: 534 ha.

Linderos:

Procede del monte Ruña, nº 103-K del C.U.P.

Parcela I. Con una superficie de 64 ha.

Norte: desde el piquete nº 839 del deslinde, en el denominado Rego de Ganso, en linea recta hasta

el punto denominado Fonte das Carballosas, y de éste en linea recta hasta el piquete nº 700 del deslinde, en el denominado Lombo de Xenlle, con resto resto del monte Ruña.

Este: del piquete nº 700 al 776 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de los lugares de Cives de Arriba y Cives de Abaixo.

Sur: del piquete nº 776 al 787 siguiendo la orden de piquetes, con propiedades particulares de los lugares de Cives de Arriba y Cives de Abaixo.

Oeste: del piquete nº 787 al 839 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de los lugares de Monteagudo y Cives.

Parcela II. Superficie 470 ha.

Norte: desde el piquete nº 1.539, en linea recta hasta el punto conocido como Poza da Lagoa, sigue por restos de muro hasta elpunto conocido como Pedras Petonco, sigue restos de muro hasta el piquete nº 885, en el paraje conocido como Prado da Torre, con resto del monte Ruña. Del piquete nº 885 al 890 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares del lugar de Monteagudo.

Este: desde el piquete nº 890 al 1.525 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de los lugares de Monteagudo, Cives, Sande, Mundín y Pontenova.

Sur: desde el piquete nº 1.525 al 1.529 siguiendo el orden de piquetes, con monte Ruña de Beba, nº 103-J del C.U.P., de la parroquia de Beba.

Oeste: desde el piquete nº 1.529 al 1.539 siguiendo el orden de piquetes, con monte Pedregal y Ruña, nº 103-H del C.U.P., de la parroquia de Arcos.

En virtud de lo acordado por el jurado, y en cumplimiento de la orden del instructor, de 19 de agosto de 1996, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano, de 10 de octubre de 1989, común y demás disposiciones de aplicación, a medio del presente edicto se hace pública la iniciación de la tramitación del expediente indicado, al objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de 23 de septiembre de 1992, para la aplicación de la citada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesados, puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en defensa de los derechos que crean asistirles en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que estimen conveniente al respecto.

A Coruña, 19 de agosto de 1996.

Manuel Puente Araújo

Secretario del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña

Vº Bº

Federico Sánchez Rodríguez

Instructor del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña

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