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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Martes, 08 de octubre de 1996 Pág. 8.942

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

EDICTO de 19 de agosto de 1996, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, por el que se inicia la tramitación del expediente 330 de clasificación de los montes Xián, Furiño, Gándara y Reveiratorta, pertenecientes a los lugares de Xián, Furiño, Gándara y Reveiratorta, parroquia de Arcos, municipio de Mazaricos.

Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita expediente 330 de clasificación del monte cuyas características se indican a continuación:

Denominación: Xián, Furiño, Gándara y Reveiratorita.

Comunidad: Xián, Furiño, Gandara y Reveiratorta.

Parroquia: Arcos.

Municipio: Mazaricos.

Superficie: 247 ha.

Linderos:

Parcela I: con una superficie de 167,16 ha. Es parte de la parcela I del Pedregal y Ruña, nº 103-H del C.U.P.

Norte: del piquete nº 160 del deslinde al 166 siguiendo el orden de piquetes, y de éste al 1, con propiedades particulares de los lugares de Vilarcobo, Castrelo y Furiño.

Este: del piquete nº 1 al 15 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares del lugar de Vilarcovo y monte Ruña de la parroquia de Colúns.

Sur: del piquete nº 15 hasta el 141, siguiendo el Rego de Reveiratorta, con resto del monte Pedregal y Ruña.

Oeste: del piquete nº 141 al 160 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de los lugares de Reveiratorta y Furiño.

Parcela II: Superficie 79,84 ha. Coincide con la parcela II del Pedregal y Ruña, nº 103-H del C.U.P.

Norte: del piquete nº 190 del deslinde al 203 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares del lugar de Furiño.

Este: del piquete nº 203 al 207 siguiendo el orden de piquetes, de éste al 167, y del 167 al 170 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de los lugares de Furiño y Reveiratorta.

Sur: del piquete nº 170 al 175 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares del lugar de Reveiratorta.

Oeste: del piquete nº 175 al 190 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de Enxilde, Gándara y Xián.

En virtud de lo acordado por el jurado, y en cumplimiento de la orden del instructor, de 19 de agosto de 1996, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano, de 10 de octubre de 1989, común y demás disposiciones de aplicación, a medio del presente edicto se hace pública la iniciación de la tramitación del expediente indicado, al objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de 23 de septiembre de 1992, para la aplicación de la citada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesados, puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en defensa de los derechos que crean asistirles en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que estimen conveniente al respecto.

A Coruña, 19 de agosto de 1996.

Manuel Puente Araújo

Secretario del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña

Vº Bº

Ramón Olano Calleja

Instructor del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña

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