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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Jueves, 05 de septiembre de 1996 Pág. 8.219

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (286/1995).

Yo, Francisco Castiñeiras Fernández, secretario del Juzgadoi de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela, doy fe de que en lso autos a que se hace mención, se dictó la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:

«En Santiago de Compostela a veinticinco de junio de mil novecientos noventa y seis.

En nombre de S.M. El Rey.

Leonor Castro Calvo, mnagistrada-jueza del Juzgado de Instrucción número tres de esta ciudad, ha pronunciado la siguiente sentencia:

En el juicio de faltas número 286/1995, dimanante del procedimiento seguido por daños en el que han sido parte, además del Ministerio Fiscal, Francisco Nogareda López, denunciante, con domicilio en Fervenza, Conxo nº 78, María del Carmen Luhía López denunciada, con domicilio en c/ Ortegal Cariño, 1.

Fallo que debo absolver y absuelvo del hecho origen de estas actuaciones a la denunciada, María del Carmen Luhía López, declarando de oficio las costas de esta instancia.

Así, por esta mi sentaencia, que será notificada a las partes con la advertencia de que contra ella podrán interponer recurso de apelación ante este juzgado para ante la Audiencia Provincial de A Coruña en el plazo de cinco días, quedando las actuaciones durante este período en secretaría a disposición de las partes. (El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de enjuiciamiento criminal), y de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para su inserción en el Diario Oficial de Galicia, para que sirva de notificación a María del Carmen Luhía López, expido y firmo el presente testimonio, en Santiago de Compostela a veintiocho de junio de mil novecientos noventa y seis.

El secretario judicial

Rubricado

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