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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Jueves, 05 de septiembre de 1996 Pág. 8.215

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 1996 por la que se convocan cinco cursos para la obtención del diploma de directivo de la Xunta de Galicia.

La Ley 4/1991, de 8 de marzo, de reforma de la Ley 4/1988, de 26 de marzo, de la función pública de Galicia, crea en el artículo 27.2º (último párrafo), el diploma de directivo como requisito necesario para el desempeño de determinados puestos de trabajo.

Por Decreto 294/1993, de 10 de septiembre (DOG nº 208, de 26-10-92), modificado por el Decreto 1/1995, de 12 de enero (DOG nº 9, de 13-1-95) y por el Decreto 319/96 (DOG nº 153, de 6-8-96), se regula el diploma de directivo de la Xunta de Galicia.

De acuerdo con la Orden de 2 de junio de 1986, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, modificada por Orden de 18 de octubre de 1991, y según lo que se especifica en su artículo 3º, se indica que el gasto que se proyecta queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

En ejecución de lo previsto en esta normativa se convocan cinco cursos para la obtención del diploma de directivo que deberán desarrollarse conforme a las siguientes bases:

1ª. Solicitantes.

Podrán solicitar este curso los funcionarios que reúnan las condiciones y requisitos exigidos en los artículos 2º y 4º del decreto antes mencionado.

En caso de que no se complete el cupo reservado al personal mencionado en el último párrafo del artículo 4ª del citado decreto, las plazas sobrantes podrán ser cubiertas por el personal al que se refiere el penúltimo párrafo del mismo artículo.

2ª. Criterios de selección de los participantes.

La selección de los participantes se hará por una comisión, aplicando un baremo que se complementará con la realización de una entrevista.

En el baremo se valorarán, con 5 puntos como máximo, los siguientes méritos adquiridos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el curso:

a) Experiencia en puesto directivo en las administraciones públicas. Por director general: 1 punto por año completo; de subdirector general: 0,5 puntos por año completo; de jefe de servicio: 0,25 puntos por año completo. Las fracciones de año trabajado en un puesto se podrán acumular a otro puesto de nivel inferior. La puntuación máxima no superará los 2,5 puntos. Esta experiencia deberá ser certificada, según modelo oficial, por el responsable de los servicios de personal de que dependa el solicitante. Las fechas de referencia, a efecto del cómputo del tiempo, serán las que figuran en la diligencia de toma y cese de posesión.

b) Experiencia en puesto directivo en empresas privadas. Como responsable máximo: 1 punto por año completo; como responsable sectorial; 0,5 puntos por año completo. La acreditación se hará presentando copia compulsada del contrato o documento público adecuado. La puntuación máxima será de 1,25 puntos.

c) Cursos específicos para directivos. Por cursos de menos de 50 horas: 0,07 puntos; por cursos de 51 a 100 horas; 0,08 puntos; por cursos de 101 a 150 horas: 0,09 puntos; por cursos de más de 150 horas: 0,10 puntos. La puntuación máxima será de 0,60 puntos. Estos cursos habrán de versar sobre alguna de las materias de las que se trata en este curso.

d) Título de doctor. Por la posesión del título de doctor: 0,10 puntos. La puntuación máxima será de 0,10 puntos.

e) Publicación de monografías o artículos sobre temas de gestión pública. Por cada monografía: 0,10 puntos; por cada artículo: 0,05 puntos. La puntuación máxima será de 0,35 puntos. Sólo se valorarán las monografía o artículos aparecidos en publicaciones con ISBN o ISSN.

f) Conocimientos de idiomas.

-Gallego: título de licenciado en filología gallega: 0,10. Certificado de aptitud de perfeccionamiento o superior: 0,07 puntos; certificado de aptitud de iniciación; 0,03 puntos. La puntuación máxima será de 0,10 puntos. Si se valora el certificado de perfeccionamiento no se valora el de iniciación.

-Idiomas comunitarios: Título de licenciado en el idioma respectivo; 0,10 puntos; certificado de aptitud de nivel medio: 0,07 puntos; certificado de aptitud de iniciación: 0,03 puntos. La puntuación máxima será de 0,10 puntos. Si se valora el nivel medio no se valora el nivel de iniciación.

Una vez baremadas las solicitudes, la comisión determinará la puntuación mínima que debe obtenerse para ser convocado a la realización de la entrevista.

La entrevista valorará las condiciones intelectuales, calidades humanas y profesionales y la capacidad de liderazgo y motivación. La entrevista se valorará hasta un máximo de 5 puntos.

La relación de participantes admitidos para la realización del curso se publicará en al tablón de anuncios de la EGAP, sin perjuicio de comunicárselo directamente a los seleccionados para que puedan obtener el permiso de asistencia.

3ª. Cobertura de plazas vacantes.

Si una persona seleccionada para un curso causa baja antes del comienzo de este o en el transcurso de las 20 primeras horas lectivas, deberá comunicarlo a la EGAP para su substitución por la que corresponda según el orden de preferencia en el proceso selectivo. Si durante el desarrollo del curso algún alumno va destinado a otra Administración pública, podrá optar por continuar en el curso abonando en ese momento el coste total de su plaza o causar baja inmediatamente renunciando así a la posible obtención del diploma de directivo.

4ª. Características de los cursos.

-Duración: 150 horas.

-Lugar: EGAP. Polígono de As Fontiñas, s/n. Santiago de Compostela.

-Fechas: los cinco cursos se desarrollarán a lo largo de 1997.

-Horarios: generalmente en jueves, viernes y sábados.

-Plazas: 30 por curso.

-Contenido básico: estará constituido por el desarrollo teórico-práctico de las siguientes materias básicas. La función directiva en la Administración pública. Seminario de habilidades directivas. La gestión de recursos humanos en la administración pública. La gestión económica en la administración pública. Organización y procedimiento administrativo. Dirección por objetivos y control de gestión. Gestión de cambio y modernización administrativa.

Las clases se completarán con conferencias a cargo de especialistas cualificados.

5ª. Asistencia.

Es obligatoria la asistencia y puntualidad a todas las actividades de los cursos. La ausencia justificada deberá ser autorizada por el director o responsable del curso. La falta de asistencia injustificada a 20 o más horas lectivas por curso determinará la calificación de «no apto». La falta de asistencia, aunque este justificada, a más del 20% de las horas lectivas,

determinará también la calificación de «no apto» en el curso.

6ª. Pruebas y certificados de aptitud.

Se valorará la participación y dedicación de los alumnos a lo largo del curso y en el trabajo final. La EGAP fijará las pruebas parciales y finales que estime pertinentes para evaluar los conocimientos adquiridos por los alumnos a lo largo del curso y la memoria o trabajo de prácticas. Podrá constituirse un comité de evaluación formado por un equipo de profesores presidido por el director del curso.

Los declarados «no apto» perderán la preferencia que les pueda corresponder en los procesos selectivos que se realicen en los próximos tres años frente a los aspirantes que se presenten por primera vez.

7ª. Expedición del diploma de directivo.

Finalizado el curso, el director de este elevará la propuesta de los aptos al director de la EGAP, que dictará la resolución definitiva y les expedirá el diploma de directivo.

8ª. Modificaciones.

La EGAP podrá modificar los contenidos, duración, fechas y horarios mencionados para adaptarlos a las necesidades de la Administración y a las contingencias que surjan en el desarrollo de cada curso.

9ª. Instancias y plazo de presentación.

Las instancias se presentarán según el modelo que figura como anexo I a esta convocatoria. Junto con la instancia, los solicitantes deberán presentar una breve memoria escrita a máquina o ordenador, a doble espacio, en DIN A4 sobre las funciones y roles de los directivos en la Administración pública. Presentarán también con la instancia el anexo II en el que se resumen todos los méritos y, además, todos los documentos (originales o copias compulsadas) que acreditan suficientemente su validez, excepto los que certifican los responsables de personal. La EGAP podrá recabar la documentación complementaria o aclaratoria de la ya presentada en el momento de solicitar el curso.

La falsedad u ocultación de datos es motivo de exclusión automática.

Las instancias se presentarán en la EGAP o se enviarán por cualquiera de los medios permitidos por la normativa reguladora del procedimiento administrativo.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de agosto de 1996.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO II

MÉRITOS QUE SE HACEN CONSTAR EN LA SELECCIÓN PARA EL CURSO DE OBTENCIÓN DEL DIPLOMA DE DIRECTIVO

1. Experiencia en puestos directivos en las Administraciones Públicas.

Don/doña

(Nombre y apellidos del funcionario responsable de los servicios de personal)

Cargo

Organismo

CERTIFICA:

Que don/doña

ocupo en las Administraciones públicas, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes puestos, con la duración que se indica:

Director/a general o

equivalente

DenominaciónTiempo de desempeño

Subdirector/a general o

equivalente

DenominaciónTiempo de desempeño

Jefe/a de servicio o

equivalente

DenominaciónTiempo de desempeño

2. Otros méritos.

Don/doña

(El/La aspirante)

declara por su honor que son ciertos y acredita documentalmente (documentos originales o compulsados) todos los datos que se hacen constar para la valoración de los siguientes méritos:

Responsable máximo

de empresa privada

DenominaciónTiempo de desempeño

Responsable sectorial

de empresa privada

DenominaciónTiempo de desempeño

Curso: DenominaciónOrganismoNº horas lectivas

que lo convoco

Monografía sobre:Publicada en

Artículo sobre:Publicada en

IdiomaClase de título o certificación

96-5286