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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 167 Martes, 27 de agosto de 1996 Pág. 7.996

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (107/1992).

Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Santiago de Compostela y su partido hace saber:

Que en los autos de juicio ejecutivo, seguidos con el nº 107/1992, se ha dictado sentencia con fecha 20 de julio de 1993, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Vistos por Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez de primera instancia e instrucción número

uno, de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ejecutivo, seguidos en este juzgado al nº 107/1992, entre partes, de una, como demandante, Banco de Galicia, S.A., con domicilio social en Vigo, representado en autos por la procuradora Sánchez Silva y dirigido por el letrado Gesto Alonso, y de otra, como demandados, Ángel González Piñeiro, María del Carmen Enrique González, José Luis Merelles Díaz y María José Sanchidrián Peregil, incomparecidos y en situación procesal de rebeldía, sobre póliza de préstamo.

Fallo: que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada en este proceso contra José Ángel González Piñeiro, María del Carmen Enrique González, José Luis Merelles Díaz y María José Sanchidrián Peregil, haciendo trance y remate de los bienes embargados y que se embarguen, y con su producto entero y cumplido pago a la parte ejecutante Banco de Galicia, S.A., de la suma principal de 1.455.698 pesetas, gastos, intereses pactados, y costas causadas y que se causen, que preceptivamente se imponen a la parte deudora, a quien será notificada esta resolución en la forma y modo que dispone la ley para los rebeldes; haciendo saber a las partes que esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación dentro de cinco días para ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Llévese certificación al pleito principal.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a los demandados rebeldes Ángel González Piñeiro y María del Carmen Enríquez González, expido el presente edicto, que firmo y sello en Santiago de Compostela a veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y seis.

El magistrado-juez

Rubricado

La secretaria

Rubricado

96-4978