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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Miercoles, 12 de junio de 1996 Pág. 5.750

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 1996, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación en el Diario Oficial de Galicia de la revisión del convenio colectivo de ámbito provincial para el sector de limpieza de edificios y locales.

Visto el texto de la revisión del convenio colectivo para el sector de limpieza de edificios y locales (código 2700335), de la provincia de Lugo, firmado el día 9 de febrero de 1996, por la representación de la asociación de empresarios y de las centrales sindicales CIG, UGT e CC.OO., y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2º y 3º del

Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.

Segundo.-Remitir el texto de la revisión del mencionado convenio colectivo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Lugo, 27 de febrero de 1996.

Manuel Bande Díaz

Delegado provincial de Lugo

Asistentes:

-Por la Asociación Provincial de Empresarios de Limpieza de Edificios y Locales de Lugo.

José Félix Valderrey.

Julio Rodríguez Lombardía.

José Romero García.

José Luis Novoa Díaz.

Pedro Montero Fernández.

Luis Quintana Pequeño.

-Por las centrales sindicales:

CIG (4)

Isabel López Fraga.

Amparo López Yáñez.

Ángela Pena Franco.

Victoria Casanova Cibreiro.

UGT (1).

Nieves Gil Rodríguez.

CC.OO. (1).

Manuel Núñez López.

ACTA:

En Lugo, siendo las 13 horas del día 9 de febrero de 1996, se reúnen en los locales de la CEL las personas que se relacionan, todas ellas integrantes de la comisión mixta paritaria prevista en la disposición final primera del vigente convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de Lugo, con el objeto de proceder a la elaboración de la tabla salarial que tendrá vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1996, conforme a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 13 del convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de Lugo vigente.

Tras las deliberaciones pertinentes se adoptan por unanimidad los siguientes,

ACUERDOS:

Primero.-Aprobar la tabla salarial anexa que entrará en vigor el 1 de enero de 1996.

Segundo.-Sobresueldo de asistencia.

Los trabajadores afectados por el convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de Lugo percibirán durante el año 1996 la cantidad de 174 pesetas por día de trabajo efectivo.

Tercero.-Sobresueldo de transporte.

Los trabajadores afectados por el convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de Lugo percibirán durante el año 1996 la cantidad de 194 pesetas por

día efectivo de trabajo, con independencia de los medios de transporte o distancia que, en cada caso, existan entre el centro de trabajo y el domicilio respectivo.

Cuarto.-Remitir la presente acta a la autoridad laboral pertinente, a efectos de su aprobación y publicación.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión en lugar y fecha indicados.

TABLA SALARIAL CONVENIO LIMPIEZA Y LOCALES DE LUGO

Vigencia: 1-1-1996 al 31-12-1996

Categoría profesionalSueldo

mes/día

Sueldo

base año

Pagas extra

Jul-Nav-Dic

Plus

Transp.

Plus

Asist.

Total

devengado

Grupo I
-Subgrupo I. Personal directivo
Director109.0911.309.092327.27353.11547.6351.737.115
Director comercial104.0611.248.732312.18353.11547.6351.631.665
Director administrativo104.0611.248.732312.18353.11547.6351.661.665
Jefe de personal104.0611.248.732312.18353.11547.6351.661.665
Jefe de compras104.0611.248.732312.18353.11547.6351.661.665
Jefe de servicios104.0611.248.732312.18353.11547.6351.661.665

Grupo I
-Subrupo II. Personal titulado
Titulado grado superior93.8251.125.900281.47553.11547.6351.508.125
Titulado grado medio90.7721.089.264272.31653.11547.6351.462.330
Titulado laboral o profesional82.714992.568248.14253.11547.6351.341.460

Grupo II
-Personal administrativo
Jefe administrativo de 1ª90.6031.087.236271.80953.11547.6351.459.795
Jefe administrativo de 2ª89.2441.070.928267.73253.11547.6351.439.410
Cajero85.9661.031.592257.89853.11547.6351.390.240
Oficial de 1ª84.2111.010.532252.63353.11547.6351.363.915
Oficial de 2ª80.934971.208242.80253.11547.6351.314.760
Auxiliar77.711932.532233.13353.11547.6351.266.415
Telefonista72.677872.124218.03153.11547.6351.190.905
Aspirante (más joven de 18 años)67.645811.740202.93553.11547.6351.115.425
Cobrador72.677872.124218.03153.11547.6351.190.905

Grupo III
-Personal mandos intermedios
Encargado general88.5061.062.072265.51853.11547.6351.428.340
Supervisor o encargado de zona85.9661.031.592257.89853.11547.6351.390.240
Supervisor o encargado de sector83.3641.000.368250.09253.11547.6351.351.210
Encargado de grupo o edificio2.534924.910228.06053.11547.6351.253.720
Responsable de equipo2.440890.600219.60053.11547.6351.210.950

Grupo IV
-Personal subalterno
Ordenanza71.831861.972215.49353.11547.6351.178.215
Almacenero71.831861.972215.49353.11547.6351.178.215
Listero71.831861.972215.49353.11547.6351.178.215
Vigilante71.831861.972215.49353.11547.6351.178.215
Botones (más joven de 18 años)66.174794.088198.52253.11547.6351.093.360

Grupo V
-Personal obrero
Especialista2.650967.250238.50053.11547.6351.306.500
Peón especializado2.486907.390223.74053.11547.6351.231.880
Limpiador/a2.389871.985215.01053.11547.6351.187.745
Conductor/a2.717991.705244.53053.11547.6351.336.985

Grupo VI
-Personal oficios varios
Oficial2.650967.250238.50053.11547.6351.306.500
Ayudante2.486967.390223.74053.11547.6351.231.880
Peón2.389871.985215.01053.11547.6351.187.745
Aprendiz (más joven de 18 años)2.257823.805203.13053.11547.6351.127.685

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