Visto el texto de la revisión del convenio colectivo para el sector de limpieza de edificios y locales (código 2700335), de la provincia de Lugo, firmado el día 9 de febrero de 1996, por la representación de la asociación de empresarios y de las centrales sindicales CIG, UGT e CC.OO., y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2º y 3º del
Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.
Segundo.-Remitir el texto de la revisión del mencionado convenio colectivo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Lugo, 27 de febrero de 1996.
Manuel Bande Díaz
Delegado provincial de Lugo
Asistentes:
-Por la Asociación Provincial de Empresarios de Limpieza de Edificios y Locales de Lugo.
José Félix Valderrey.
Julio Rodríguez Lombardía.
José Romero García.
José Luis Novoa Díaz.
Pedro Montero Fernández.
Luis Quintana Pequeño.
-Por las centrales sindicales:
CIG (4)
Isabel López Fraga.
Amparo López Yáñez.
Ángela Pena Franco.
Victoria Casanova Cibreiro.
UGT (1).
Nieves Gil Rodríguez.
CC.OO. (1).
Manuel Núñez López.
ACTA:
En Lugo, siendo las 13 horas del día 9 de febrero de 1996, se reúnen en los locales de la CEL las personas que se relacionan, todas ellas integrantes de la comisión mixta paritaria prevista en la disposición final primera del vigente convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de Lugo, con el objeto de proceder a la elaboración de la tabla salarial que tendrá vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1996, conforme a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 13 del convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de Lugo vigente.
Tras las deliberaciones pertinentes se adoptan por unanimidad los siguientes,
ACUERDOS:
Primero.-Aprobar la tabla salarial anexa que entrará en vigor el 1 de enero de 1996.
Segundo.-Sobresueldo de asistencia.
Los trabajadores afectados por el convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de Lugo percibirán durante el año 1996 la cantidad de 174 pesetas por día de trabajo efectivo.
Tercero.-Sobresueldo de transporte.
Los trabajadores afectados por el convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de Lugo percibirán durante el año 1996 la cantidad de 194 pesetas por
día efectivo de trabajo, con independencia de los medios de transporte o distancia que, en cada caso, existan entre el centro de trabajo y el domicilio respectivo.
Cuarto.-Remitir la presente acta a la autoridad laboral pertinente, a efectos de su aprobación y publicación.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión en lugar y fecha indicados.
TABLA SALARIAL CONVENIO LIMPIEZA Y LOCALES DE LUGO
Vigencia: 1-1-1996 al 31-12-1996
mes/día base año Jul-Nav-Dic Transp. Asist. devengadoCategoría profesional Sueldo
Sueldo
Pagas extra
Plus
Plus
Total
Grupo I -Subgrupo I. Personal directivo Director 109.091 1.309.092 327.273 53.115 47.635 1.737.115 Director comercial 104.061 1.248.732 312.183 53.115 47.635 1.631.665 Director administrativo 104.061 1.248.732 312.183 53.115 47.635 1.661.665 Jefe de personal 104.061 1.248.732 312.183 53.115 47.635 1.661.665 Jefe de compras 104.061 1.248.732 312.183 53.115 47.635 1.661.665 Jefe de servicios 104.061 1.248.732 312.183 53.115 47.635 1.661.665
Grupo I -Subrupo II. Personal titulado Titulado grado superior 93.825 1.125.900 281.475 53.115 47.635 1.508.125 Titulado grado medio 90.772 1.089.264 272.316 53.115 47.635 1.462.330 Titulado laboral o profesional 82.714 992.568 248.142 53.115 47.635 1.341.460
Grupo II -Personal administrativo Jefe administrativo de 1ª 90.603 1.087.236 271.809 53.115 47.635 1.459.795 Jefe administrativo de 2ª 89.244 1.070.928 267.732 53.115 47.635 1.439.410 Cajero 85.966 1.031.592 257.898 53.115 47.635 1.390.240 Oficial de 1ª 84.211 1.010.532 252.633 53.115 47.635 1.363.915 Oficial de 2ª 80.934 971.208 242.802 53.115 47.635 1.314.760 Auxiliar 77.711 932.532 233.133 53.115 47.635 1.266.415 Telefonista 72.677 872.124 218.031 53.115 47.635 1.190.905 Aspirante (más joven de 18 años) 67.645 811.740 202.935 53.115 47.635 1.115.425 Cobrador 72.677 872.124 218.031 53.115 47.635 1.190.905
Grupo III -Personal mandos intermedios Encargado general 88.506 1.062.072 265.518 53.115 47.635 1.428.340 Supervisor o encargado de zona 85.966 1.031.592 257.898 53.115 47.635 1.390.240 Supervisor o encargado de sector 83.364 1.000.368 250.092 53.115 47.635 1.351.210 Encargado de grupo o edificio 2.534 924.910 228.060 53.115 47.635 1.253.720 Responsable de equipo 2.440 890.600 219.600 53.115 47.635 1.210.950
Grupo IV -Personal subalterno Ordenanza 71.831 861.972 215.493 53.115 47.635 1.178.215 Almacenero 71.831 861.972 215.493 53.115 47.635 1.178.215 Listero 71.831 861.972 215.493 53.115 47.635 1.178.215 Vigilante 71.831 861.972 215.493 53.115 47.635 1.178.215 Botones (más joven de 18 años) 66.174 794.088 198.522 53.115 47.635 1.093.360
Grupo V -Personal obrero Especialista 2.650 967.250 238.500 53.115 47.635 1.306.500 Peón especializado 2.486 907.390 223.740 53.115 47.635 1.231.880 Limpiador/a 2.389 871.985 215.010 53.115 47.635 1.187.745 Conductor/a 2.717 991.705 244.530 53.115 47.635 1.336.985
Grupo VI -Personal oficios varios Oficial 2.650 967.250 238.500 53.115 47.635 1.306.500 Ayudante 2.486 967.390 223.740 53.115 47.635 1.231.880 Peón 2.389 871.985 215.010 53.115 47.635 1.187.745 Aprendiz (más joven de 18 años) 2.257 823.805 203.130 53.115 47.635 1.127.685
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