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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Lunes, 10 de junio de 1996 Pág. 5.627

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 224/1996, de 30 de mayo, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Carballeda de Avia (Ourense), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras de colectores generales y estación depuradora de aguas residuales en Carballeda de Avia.

El Ayuntamiento de Carballeda de Avia (Ourense), en sesión celebrada el día 25 de Abril de 1995, aprobó el pliego de bases de la obra colectores generales y estación depuradora de aguas residuales en Carballeda de Avia y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 14 de diciembre de 1995 con el número 13414.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior e Relaciones Laborales el día 24 de enero de 1996, nº 666.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del expediente mencionado, primero, porque la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, aprobó la financiación al 100% de dicha obra y ya inició el expediene para su contratación, publicándose el anuncio en el DOG del día 20 de octubre de 1995; y segundo, porque se trata de una obra muy necesaria por contar en la actualidad con una depuradora vieja, la cual se encuentra en mal estado, habiendo el riesgo de que sea clausurada por los organismos competentes.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consejo de la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomia de Galicia.

En su virtud y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, tras la deliberación del Consejo de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta de mayo de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiaciónn forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Carballeda de Avia (Ourense), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras colectores generales y estación depuradora de aguas residuales en Carballeda de Avia.

Santiago de Compostela, treinta de mayo de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Xustiza, Interior e Relacións Laborais

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