El director técnico del departamento y secretario en el procedimiento de reintegro por alcance nº C-113/1996, en méritos a lo acordado en providencia del consejero de Cuentas, de fecha 9 de abril de 1996, y para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 68.1º, en relación con el 73.1º, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora del funcionamiento del Tribunal de Cuentas, hace saber:
Que en este tribunal se sigue procedimiento de reintegro por alcance nº C-113/1996, del ramo de haciendas locales, provincia de Pontevedra, como consecuencia de un presunto alcance habido en la recaudación de tributos municipales en el Ayuntamiento de Mos (Pontevedra).
Lo que se hace público a los efectos indicados en la citada resolución, en estricta observancia de los mencionados preceptos, y con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto.
Dado en Madroid a once de abril de mil novecientos noventa y seis.
L. Vacas García-Alós
Director técnico, secretario del procedimiento
Firmado y rubricado
3358JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE CARBALLO