En atención a los méritos que concurren en Jorge Fernando Branco de Sampaio, presidente de la República de Portugal, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 1/1991, de 11 de enero, por el que se regula la concesión de la Medalla de Galicia, modificado por el Decreto 137/1992, de 5 de junio, es voluntad del Gobierno gallego otorgarle su más alta distinción.
Por lo tanto, y previo acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diecisiete de mayo de mil novecientos noventa y seis,
DISPONGO:
Conceder la Medalla de Oro de Galicia a Jorge Fernando Branco de Sampaio, presidente de la República de Portugal.
Santiago de Compostela, diecisiete de mayo de mil novecientos noventa y seis.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
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